Caso Antonia Garros: Confirman que el Fisco deberá pagar millonaria indemnización a su padre
- Por Meganoticias
¿Qué pasó?
La Corte Suprema confirmó este jueves el fallo de primera instancia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de 15 millones de pesos por concepto de daño moral al padre de Antonia Garros, joven que se suicidó en febrero de 2017 tras sufrir un episodio de violencia intrafamiliar.
La Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Mario Carroza y las abogadas integrantes María Cristina Gajardo y Pía Tavolari- estableció que Carabineros incurrió en "omisiones negligentes inexcusables al no apegar su actuar a los protocolos y normas legales sobre violencia intrafamiliar, lo que habría evitado la muerte de la joven".
La demanda presentada por la familia Antonia Garros Hermosilla tiene como base el hecho que Carabineros no cumplió con la obligación de resguardar la integridad de la víctima, a pesar de que existían antecedentes claros que confirmaban la violencia física y psicológica que existía por parte de su expololo, Andrés Larraín.
Detalles del fallo
La resolución de la Corte establece que "los funcionarios de Carabineros tomaron conocimiento, tan pronto llegaron al edificio Sanders, que Antonia Garros estaba siendo víctima de actos de violencia por parte de quien fue o fuera su pareja, señor Larraín".
El fallo también determina "que se encontraban ambos bajo la influencia del alcohol, o al menos, que tenían hálito alcohólico, y que Antonia había intentado recién lanzarse desde el balcón del 13º piso, al menos en dos oportunidades. Ello, puesto que fueron advertidos por el conserje, quien se encontraba con la joven y había presenciado los golpes que Andrés Larraín le había propinado, y había agarrado a Antonia, evitando que se lanzara desde el balcón".
"Acto absolutamente innecesario"
El máximo tribunal también sentencia que "la principal función y deber del policía al acudir a un llamado por violencia intrafamiliar es brindarle protección a la víctima, el haber confrontado a la joven nuevamente con su agresor, para tomarles su declaración, fue un acto absolutamente innecesario, pues podrían perfectamente haber sido empadronados por separado".
"El departamento del piso 13º del edificio Sanders tampoco era el domicilio de Antonia, por lo que no debió haber subido con Carabineros, bajo ningún pretexto. A los funcionarios de Carabineros no les correspondía 'aclarar el asunto', sino que únicamente, dar protección a la víctima y tomando los resguardos necesarios", dice el fallo de la Corte Suprema.
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