Bono de Clase Media: Pago de $500 mil automático y $100 mil para ciertos pensionados
- Por Meganoticias
¿Qué pasó?
Este viernes la Cámara de Diputado aprobó y despachó al Senado el proyecto de ley que establece un nuevo Bono de Clase Media y un Préstamo Solidario para la protección de los ingresos de la clase media, iniciativa que ya había sido revisada en las comisiones de Hacienda y Desarrollo Social el jueves.
Hasta ahora, el texto establece que el bono sea de $500 mil y que las personas que reciban ingresos menores o igual a $408.125 no deberán demostrar una baja en sus ingresos, ya que el pago se realizará de manera automática.
¿Qué ocurre con quienes tengan mayores ingresos?
El resto de los beneficiarios del Bono Clase Media, deberán haber experimentado una disminución de al menos un 20% en sus ingresos mensuales, entre el promedio percibido en el período diciembre 2020/enero 2021 y el período diciembre 2019/enero 2020.
El bono será de un monto decreciente que parte en $500 mil para aquellos que tuvieran rentas de hasta $1.500.000 en 2019; y llegando a $100 mil para los que tuvieron ingresos en ese periodo sobre $1.800.000 y hasta $2 millones.
Además, los beneficiarios cuyo hogar se encuentre integrado por personas con discapacidad, por personas que perciban pensión básica de invalidez, adultos mayores de 65 años o más o personas menores de 18 años, tendrán derecho al bono incrementado según el número de personas que causen el beneficio en el hogar, montos que van desde $125 mil a $250 mil.
Rentas vitalicias
El proyecto se incluye un bono de $100 mil para aquellos pensionados de vejez e invalidez acogidos a modalidad de renta vitalicia y cuya pensión sea igual o inferior a $408.125.
Además, se aprobó una indicación del Ejecutivo para que los beneficiarios de rentas vitalicias puedan solicitar hasta tres veces el préstamo solidario, que ascenderá al monto máximo que reciba mensualmente de pensión.
Pensiones de alimentos
El Bono Clase Media y el Préstamo Solidario no estarán afectos a impuestos, ni se sujetarán a ninguna retención de carácter administrativa.
Sin embargo, esto no será así cuando se trate de pensiones de alimentos debidas por ley y decretadas judicialmente, en que el Servicio de Tesorería estará facultado para retener hasta un 75% del beneficio.
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