Tercer retiro del 10% de los fondos previsionales: ¿Quiénes podrían extraer dinero?

  • Por Meganoticias

Con la llegada de marzo, ha tomado fuerza el debate en torno a la posibilidad de que exista un tercer proceso de retiro de fondos previsionales desde las cuentas individuales de las AFP, en el marco de la crisis económica derivada de la pandemia del coronavirus

En efecto, hasta ahora son dos los proyectos de ley que se encuentran en el Congreso y van en esta dirección, ambos presentados por parlamentarios de oposición. 

Los dos proyectos

El primer proyecto fue ingresado el 15 de diciembre pasado por la diputada del Partido Humanista Pamela Jiles, el cual fue declarado admisible por la Cámara de Diputados y se encuentra en la Comisión de Constitución. 

El segundo, en tanto, es impulsado por parlamentarios del Frente Regionalista Verde Social junto a otros legisladores de oposición, y durante este martes sería revisada su admisibilidad por la Sala. En caso de ser admisible, pasaría a la misma comisión que el primer proyecto.

¿Quiénes podrían retirar? 

En el proyecto de ley ingresado por Jiles se establece que podrán hacer efectivo este tercer retiro todos los afiliados al sistema privado de pensiones que aún tengan saldo en sus cuentas, es decir, tanto quienes cotizan, como quienes se encuentran recibiendo una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia. 

El proyecto del FRVS, en tanto, también contempla a este grupo, sin embargo, agrega a las personas con rentas vitalicias, quienes han sido excluidos en los otros retiros, ya que sus montos se encuentran en compañías de seguros. 

El texto especifica que dichos pensionados podrán requerir a sus respectivas compañías de seguro hasta un 10% del monto que les hayan transferido, respetando los mismos mínimos y máximos establecidos. 

Plazos

La iniciativa presentada por la diputada Jiles contempla que las administradoras deberán pagar el total del retiro en un plazo de 15 días hábiles desde que se realice la solicitud

El otro proyecto, por su parte, establece un plazo de 10 días hábiles para el pago del 50% del retiro y de 30 para el segundo.

¿Cuánto se puede retirar?

Ambos textos mantienen los montos mínimos y máximos a los que podrían acceder los afiliados establecidos en los retiros anteriores. Esto es, un máximo de 150 UF ($4,3 millones aproximadamente) y un mínimo de 35 UF ($1 millón). Sin embargo, las propuestas también tienen diferencias entre sí.

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