Tercer retiro del 10%: Las diferencias entre los dos proyectos que están en el Congreso
- Por Meganoticias
Ayer lunes el Congreso Nacional reinició sus labores luego del receso legislativo que se prolongó por todo el mes de febrero. En el marco de lo anterior, se reactiva la discusión en torno a los proyectos del tercer retiro de fondos desde las AFP.
Hasta ahora, son dos los proyectos ingresados por diputados que van en la dirección a implementar un nuevo proceso de extracción de dinero por parte de los afiliados desde sus cuentas individuales, con el objetivo de paliar los negativos efectos económicos derivados de la pandemia del coronavirus.
Los dos proyectos
El primer proyecto fue ingresado el 15 de diciembre pasado por la diputada del Partido Humanista Pamela Jiles, el cual fue declarado admisible por la Cámara de Diputados y se encuentra en la Comisión de Constitución.
El segundo, en tanto, es impulsado por parlamentarios del Frente Regionalista Verde Social junto a otros legisladores de oposición, y durante este martes sería revisada su admisibilidad por la Sala. En caso de ser admisible, pasaría a la misma comisión que el primer proyecto.
Ambos textos mantienen varias similitudes, como los montos mínimos y máximos a los que podrían acceder los afiliados, en caso de que se logre la promulgación de la ley. Esto es, un máximo de 150 UF ($4,3 millones aproximadamente) y un mínimo de 35 UF ($1 millón). Sin embargo, las propuestas también tienen diferencias entre sí.
Bono de reconocimiento
Se trata de una de las diferencias más significativas entre las iniciativas. El proyecto impulsado por el FRVS contempla un bono de reconocimiento pagado por el Estado a quien retire fondos, con el objetivo de que no se reduzca el monto de las pensiones.
Este Bono de Reconocimiento se emitirá a nombre del afiliado o pensionado, y deberá ser abonado por el Estado bajo las modalidades:
- En el caso de afiliados al sistema privado de pensiones y que no se hayan pensionado, se abonará a la cuenta de capitalización del afiliado al momento acogerse a pensión.
- En el caso que esté pensionado, se abonará con anterioridad al recálculo que deba efectuar la correspondiente Administradora en el año en que se efectúe el retiro.
- En el caso de los pensionados con modalidad de renta vitalicia, se abonará a la respectiva compañía en el plazo de 1 mes desde que se efectúe el retiro.
Renta Vitalicia
Asimismo, a diferencia del de Jiles, el proyecto de diputados como Jaime Mulet y Alejandra Sepúlveda incluye entre su universo a los pensionados en modalidad de renta vitalicia, quienes podrán requerir a sus respectivas compañías de seguro hasta un 10% del monto que les hayan transferido, respetando los mismos mínimos y máximos establecidos.
"El 10% que se considere para el cálculo del retiro, deberá reajustarse según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor del Instituto Nacional de Estadísticas en el período que media entre la suscripción del contrato y la solicitud de retiro", señala el texto.
Plazos
Otra de las diferencias entre ambas iniciativas radica en el plazo que otorgan a las AFP para hacer efectivo el pago del retiro a sus afiliados.
En efecto, el proyecto presentado por la diputada Jiles contempla que las adminsitradoras deberán pagar el total del retiro en un plazo de 15 días hábiles desde que se realice la solicitud.
El otro proyecto, por su parte, establece un plazo de 10 días hábiles para el pago del 50% del retiro y de 30 para el segundo.
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