Tercer retiro fondos AFP: casi 3 millones de personas no podrían optar por no tener saldo
- Por Meganoticias
En medio del debate por la posibilidad de un tercer retiro de fondos previsionales, desde la Superintendencia de Pensiones informaron que casi 3 millones de personas ya no tienen fondos y, por tanto, no podrían acceder a este recurso en caso que avance en el Congreso cuando el trabajo legislativo retome sus funciones.
Según datos reportados hasta el 12 de febrero, entre el primer y segundo retiro del 10%, 2.888.805 personas quedaron sin saldo en sus cuentas de ahorro previsional obligatorio.
Balance de pagos de primer y segundo retiro
Por otra parte, 10.320.279 personas ya recibieron el pago de su primer retiro, equivalente a US$ 19.809 millones, con un monto promedio pagado por persona de $ 1.385.446.
Mientras que en el segundo retiro, 7.117.454 afiliados ya recibieron sus montos retirados.
De acuerdo a información proporcionada por las AFP, en total se entregaron US$ 14.435 millones, mientras que el pago promedio por persona es de $ 1.463.891.
Deudas por pensión de alimentos
Respecto a las retenciones judiciales de deudores de pensiones de alimentos, hasta el lunes 15 de febrero las AFP habían recibido 212.149 liquidaciones de pago autorizadas por los tribunales de familia, de las cuales 151.208 ya fueron pagadas, equivalentes al 71,27%.
Asimismo, los dineros involucrados por pagos de deudas de pensión de alimentos alcanzan los US$ 233,7 millones.
Además, el monto promedio pagado por liquidación judicial fue de $ 1.119.948.
Proyecto tercer retiro
El pasado 29 de enero los diputados René Alinco, Jaime Mulet, Alejandra Sepúlveda y Esteban Velázquez presentaron el proyecto del tercer retiro del 10% de los fondos AFP, amparados en la crisis económica y sanitaria causada por la pandemia de coronavirus.
La moción, que es similar a los dos procesos anteriores, apunta a facultar a los afiliados y pensionados de AFP y pensionados con renta vitalicia a retirar una parte de estos dineros.
Además, presenta como novedad que establece un Bono de Reconocimiento a favor de éstos para proteger su pensión.
Este bono se emitirá a nombre del afiliado o pensionado, y deberá ser abonado por el Estado bajo las modalidades:
- En el caso de afiliados al sistema privado de pensiones y que no se hayan pensionado, se abonará a la cuenta de capitalización del afiliado al momento acogerse a pensión.
- En el caso que esté pensionado, se abonará con anterioridad al recálculo que deba efectuar la correspondiente Administradora en el año en que se efectúe el retiro.
- En el caso de los pensionados con modalidad de renta vitalicia, se abonará a la respectiva compañía en el plazo de 1 mes desde que se efectúe el retiro.
Leer más de