Plebiscito 2020: Presidente Piñera plantea puntos "esenciales" de la nueva Constitución
- Por Meganoticias
¿Qué pasó?
El presidente Sebastián Piñera ha sido criticado por no dar a conocer su postura respecto a las opciones que contempla el Plebiscito Constitucional del próximo 25 de octubre. A pesar de esto, el mandatario ha detallado en varias ocasiones cuáles son los contenidos básicos que debería tener la nueva Carta Magna.
Según reporta La Tercera, el mandatario elaboró un documento de tres páginas en el cual se recogen 10 puntos "esenciales para construir una Constitución Democrática para todos los chilenos y chilenas", y que por estos días ha socializado con algunos de sus ministros.
Para Piñera la Constitución "debe establecer los principios básicos del Estado. Los grandes valores que guiarán los destinos de la Nación, las bases de nuestra institucionalidad y los derechos, deberes y garantías fundamentales de los ciudadanos".
En el documento además el presidente reconoce que "la Constitución no resuelve todos los problemas de la sociedad, pero sí debe ser el marco institucional dentro del cual se desenvuelven la política, las leyes y la vida en sociedad".
10 puntos planteados por Piñera
1. Rol del Estado
Chile debe ser una república democrática y con Estado de derecho, en la cual el Estado sea más solidario y esté al servicio de las personas.
El Estado debe reconocer y amparar a los grupos intermedios, garantizando su adecuada autonomía. Además, debe garantizar el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, respetando las normas legales que regulen dicha actividad.
2. Familia
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y el Estado debe proteger el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos.
3. Derechos civiles y políticos
Es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos humanos. Garantizar la igualdad de todos ante la ley y la protección ante cualquier discriminación o abuso.
Algunos derechos civiles y políticos fundamentales que debe consagrar nuestra Constitución:
- El derecho a la vida y la prohibición de someter a una persona a tortura o tratos degradantes, garantizando siempre su integridad física y psíquica.
- La libertad de expresión, de pensamiento y de religión.
- La libertad de reunión pacífica y la libertad de asociación, lo que permite fundar o ser parte de sindicatos u otras asociaciones.
- La libertad de movimiento, para moverse o permanecer en cualquier lugar del país.
- La presunción de inocencia, el derecho a un debido proceso y a una defensa jurídica.
- El derecho a la propiedad privada, porque nadie puede ser privado de sus bienes y derechos sino por una causa justificada y en virtud de una ley.
4. Derechos económicos, sociales y culturales
- Educación: Deberá ser obligatoria y financiada por un sistema gratuito, hasta la educación media. Las personas tienen el derecho de abrir establecimientos educacionales y los padres el derecho de escoger el establecimiento para sus hijos.
- Salud: El Estado debe garantizar el acceso libre a las prestaciones de salud. Cada persona debe tener el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado.
- Pensiones: El Estado debe tomar medidas para que todas las personas tengan pensiones que les permitan vivir dignamente.
5. Sociedad inclusiva y diversa
Nuestra Constitución debe contemplar mayores mecanismos que permitan una participación ciudadana temprana en algunas decisiones públicas que sean muy relevantes para la Nación.
Además, debe garantizar la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, incluyendo a las minorías sexuales.
La Constitución debe incluir el reconocimiento de los pueblos originarios, pues es un deber del Estado respetar su identidad, cultura y tradiciones ancestrales.
En Chile no debe haber persona ni grupo privilegiado.
6. Orden público
El deber del Estado de garantizar el orden público y la seguridad nacional, dando protección a la población y a la familia.
7. Medio ambiente
El Estado debe resguardar el medioambiente para las generaciones futuras, tomando medidas concretas para avanzar en su cuidado. La Constitución debe consagrar el principio del desarrollo sustentable.
8. Separación de los Poderes del Estado
La Constitución debe establecer la separación e independencia de los Poderes del Estado, con mecanismos efectivos de pesos y contrapesos.
El Estado debe respetar las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Además, tendrá que reconocer la autonomía de órganos fundamentales para la República como Ministerio Público, el Servel, la Contraloría o el Banco Central.
Es necesario perfeccionar y modernizar el funcionamiento del Tribunal Constitucional.
9. Responsabilidad de las autoridades y transparencia del Estado
Los actos de los órganos del Estado deben ser públicos y transparentes, que deben someter su actuar a la Constitución.
La Constitución debe consagrar el estricto cumplimiento al principio de probidad en el ejercicio de la función pública.
Ninguna persona puede atribuirse otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.
La responsabilidad fiscal y macroeconómica del Estado.
10. Descentralización
La descentralización de la administración del Estado. Para ello, los órganos del Estado deben promover el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas.
Es necesario un compromiso decidido en favor del proceso de descentralización, para lo cual debemos consagrar constitucionalmente y en forma mucho más efectiva una real distribución de potestades locales, regionales y nacionales. Decisiones políticas, administrativas y fiscales.
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