Senado aprueba bono de $500 mil y préstamo blando para la clase media

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

En la tarde de este lunes, la Sala del Senado aprobó el proyecto de ley que establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media, que consiste en la entrega de un bono de $500 mil y un préstamo blando.

La iniciativa fue despachada a segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados, tras su aprobación con 41 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

Requisitos para recibir el bono

  • Destinado a personas que hayan tenido antes del Estado de Catástrofe un promedio de remuneraciones formales entre los $400 mil y $1.500.000.
  • Además, que hayan tenido una caída del 30% en sus ingresos.
  • Este aporte también favorecerá, con montos decrecientes, a aquellos trabajadores con ingresos entre $1.500.000 y $2.000.000 mensuales, que hayan tenido caídas de ingresos.

Escala de aporte para ingresos entre $1.500.000 y $2.000.000

  • Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad sobre $1.500.000 y hasta $1.600.000, el Aporte Fiscal será de $400.000.
  • Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad sobre $1.600.000 y hasta $1.700.000, el Aporte Fiscal será de $300.000.
  • Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad sobre $1.700.000 y hasta $1.800.000, el Aporte Fiscal será de $200.000.
  • Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad sobre $1.800.000 y hasta $2.000.000, el Aporte Fiscal será de $100.000.

Préstamo blando

  • Este préstamo se puede adquirir hasta por cuatro meses, con un monto mensual máximo de $650.000.
  • Su pago podrá efectuarse en un plazo de cuatro años con posibilidad de condonación.

Requisitos

  • Exhibir una caída de remuneraciones desde un 30%.
  • La ayuda está destinada solo a aquellas personas que cuentan con remuneraciones iguales o superiores a $500.000.

Plazos para el pago

El beneficio se devolverá al Fisco a través del Servicio de Tesorerías en cuatro cuotas anuales, sin multas ni intereses. La primera cuota anual será de un 10% del monto correspondiente y cada una de las tres cuotas anuales restantes, de un 30% del mismo.

Las cuotas anuales se pagarán en el proceso de declaración anual de impuesto a la renta, debiendo enterarse la primera cuota en el proceso que se lleve a cabo en el año 2022.

Las cuotas que corresponda pagar se reajustarán según la variación del Índice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el último día del mes anterior al que se entregó el beneficio respectivo y el último día del mes anterior al pago.

Ver cobertura completa