Clínica deberá pagar millonaria indemnización a paciente operada para tratar obesidad

  • Por Esteban Medel

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a una clínica privada de Santiago al pago de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a una paciente que terminó lesionada tras una cirugía para tratar su obesidad.

El tribunal confirmó por unanimidad la sentencia impugnada, dictada por el Sexto Juzgado Civil de Santiago, que condenó a la clínica Indisa por incumplimiento contractual, debido a que la afectada quedó con una lesión en el esófago tras someterse a una cirugía bariátrica.

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En el fallo se expuso que "asimismo, se tiene también presente lo consignado en el basamento Décimo Octavo de la sentencia, que se le brindaron a la actora todas las prestaciones médicas necesarias para ser curada de la lesión causada, lo que no disminuyó, ni eliminó la presunción de culpa en su actuar, tal como consigna el considerando Décimo Noveno de la sentencia que se ejecuta".

"(?) nadie –continúa– ha controvertido que la suma de dinero que la demandada pretende compensar con aquella a que ha sido condenada a pagar, se origina con la cirugía bariátrica cuyo resultado motivó el juicio ventilado ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago y por la cual, la demandada fue condenada a indemnizar el daño moral causado a la actora por $50.000.000, lo que no solo es un cobro de alguna obligación claramente anterior a la sentencia declarativa de la obligación de pago, sino que -además- su pretendido cobro tiene como causa las prestaciones médicas que un tribunal previamente declaró como efectuadas con infracción a la lex artis, culposas y causantes de un daño moral en la suma ya señalada, por lo que de hacerse lugar a aquello, se estaría reconociendo que el incumplimiento contractual, de carácter negligente y culpable declarado por sentencia judicial, otorga a la parte vencida el derecho a cobrar la contraprestación a que hubiera tenido derecho de haber actuado conforme a su obligación contractual, eliminado de esa manera la calificación judicial de su proceder contractual", prosigue el documento.