Sueldo mínimo: ¿Qué sigue para el proyecto de reajuste tras el veto sustitutivo del Gobierno?

  • Por Rodrigo Miño

Este martes el Gobierno a través de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), presentó un veto presidencial de caracter sustitutivo en el Congreso para el proyecto de reajuste del salario mínimo. 

La decisión se tomó luego de que el Senado aprobara por 20 votos a favor, 17 en contra y una abstención la medida que establece una remuneración mínima en el país de 286 mil pesos a contar del 1 de agosto de 2018 y de 300 mil pesos a partir de marzo de 2019, y rechazara la plurianualidad que obligaba a negociar nuevamente en 2020 este tipo de salario. 

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Entonces, ¿qué sigue tras el veto sustitutivo del Gobierno?

El veto sustitutivo consiste en que se reemplaza una frase o artículo del proyecto de ley. En este caso, el Ejecutivo en su nueva propuesta planteó el aumento a $286 mil desde el 1 de agosto de 2018 y a $301 mil a partir de marzo de 2019 y, además, un reajuste según el PIB en marzo de 2020: menos de 4%, reajuste de 2,5% real; más de 4%, reajuste de 2,5% real más ptos. de crecimiento. 

Ahora los paralementarios deben votar, dejando el proyecto en tres escenarios: 

1. De ser aprobado: regresa el proyecto al Ejecutivo para su promulgación.

2. De ser rechazado por quórum de 2/3 de la cámara: el texto regresa para ser promulgado.

3. De ser rechazado y no se logra quorúm: no hay ley y se discute el proyecto en un año más.