Caso Ámbar: ¿Cuántos años de cárcel arriesga el presunto homicida de la menor?

  • Por Oliver Rodríguez

Este lunes el Juzgado de Garantía de Los Andes formalizó a Miguel Espinoza por el delito de homicidio con violación de la menor Ámbar, decretanndo la prisión preventiva del imputado por los 6 meses otorgados para la investigación por parte del Ministerio Público. 

El caso ha generado gran revuelo nacional y fueron cientos las personas que llegaron hasta el exterior del recinto judicial para manifestarse por la imposición de jusiticia para la menor fallecida. Incluso, desde alguno sectores ha tomado fuerza la idea del restablecimiento de la pena de muerte para este tipo de situaciones.

Consultado por este respecto, el ministro de Justicia, Herán Larraín, descartó esta posibilidad, asegurando que "de acuerdo a los tratados internacionales que Chile tiene firmado, una vez que suprime la pena de muerte esta no puede ser repuesta, por lo tanto no está dentro del repertorio legislativo posible. Hay otra legislación que estamos estudiando y que vamos a ir anunciando próximamente para asegurar los cambios que se requieren, como cambiar la ley de adopción".

AÑOS DE CÁRCEL

Tras la audiencia de formalización, el fiscal Ricardo Reinoso señaló que, de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente en Chile, las penas asociadas al delito de homicidio con violación van desde presidio perpetuo simple a presidio perpetuo calíficado. 

De acuerdo al Código Penal de Chile, tras la derogación de la pena de muerte, el presidio perpetuo calificado es la "privación de libertad del condenado de por vida, bajo un régimen especial de cumplimiento", en el cual se le impide ser beneficiario de la libertad condicional antes de cumplidos 40 años de prisión efectiva. 

Tampoco podrá el condenado ser favorecido con ningún tipo de beneficio carcelario y sólo podrá salir del recinto penitenciario, con las medidas de seguridad correspondientes "cuando su cónyuge o alguno de sus padres o hijos se encontrare en inminente riesgo de muerte o hubiere fallecido".

El presidio perpetuo simple, en tanto, permite al condenado optar al beneficio de libertad condicional o carcelarios, una vez cumplidos 20 años de prisión efectiva.