Corte rechaza recurso de siete internos de Punta Peuco que pedían beneficios

  • Por María Salinas Arias

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de protección presentados por siete internos del Penal Punta Peuco en contra del Tribunal de Conducta del recinto carcelario que los calificó en Lista 2 para acceder a beneficios intrapenitenciarios.

En fallos divididos, la Duodécima Sala del tribunal de alzada rechazó las acciones cautelares presentadas por las defensas de José Aguirre Aguirre, Conrado Sesnic Guerricabeitía, Claudio Fuentes Salazar, Victor Donoso Barrera, Hugo González D'Arcangeli, Francisco Toledo Puente y Maximiliano Ferrer Lima, condenados por diversa causas de violaciones a los derechos humanos.

Los fallos sostienen que las decisiones del Tribunal de Conducta que calificaron en Lista 2 a los internos no constituyen actuar arbitrario.

De acuerdo a los fallos, la instancia "no tiene poder decisorio" y sólo recomienda o sugiere la concesión del beneficio carcelario con la particularidad que su proceder se encuentra determinado por instrucciones u órdenes que le son impuestas por el Director Regional respectivo. 

"Ahora, examinado el asunto desde la óptica que se viene refiriendo, no se advierte ilegalidad o arbitrariedad en las tareas ejecutadas por el "Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco" que haya afectado las garantías constitucionales que señala el recurso. Por lo pronto, porque se ajustó a la normativa e instrucciones que le fueran impartidas en la materia y porque la clasificación en Lista 2 de los recurrentes es la consecuencia necesaria de los parámetros a los que debía ajustarse; y, enseguida, porque la decisión de denegar el beneficio fue adoptada finalmente por la Comisión de Libertad Condicional", se agregó en las resoluciones.

La decisión se adoptó con el voto en contra del abogado Eduardo Morales, quien si consideró que hubo actuar arbitrario en la decisión del tribunal recurrido.

Foto: Agencia Uno