"Es una borracha": Empleador habló mal de trabajadora que estaba con licencia médica y ahora deberá indemnizarla
- Por Lucas Figueroa
Por afectar el derecho al honor y la dignidad de una trabajadora que se encontraba con licencia médica, un empleador deberá indemnizar a la persona afectada en España.
En todo caso, se estableció que la acción no es constitutivo de acoso laboral por no haber existido amenazas y coacción, según consigna el Diario Constitucional. En el fallo emitido por el Juzgado de lo Social N°2 de la Ciudad Real, el acusado realizó comentarios despectivos contra la trabajadora, cuestionando el motivo de su licencia.
LO ÚLTIMO"No estará muy mala", "estaba bailando", fueron algunos de los comentarios que lanzó el hombre. Además de otros como "reclama el salario porque debe el alquiler (arriendo) y se gasta el dinero en vinos porque es una borracha".
Es por esa razón que la trabajadora impuso una demanda no solo contra el hombre, sino también contra la empresa, exigiendo una indemnización por 5.000 euros (poco más de 5.100.000 pesos chilenos).
A modo de defensa, el acusado dijo que se encontraba en una mala situación económica y por la licencia de la trabajadora tuvo que contratar a otra persona que también tuvo licencia médica, por lo que tuvo que pagar el sueldo de dos personas que no estaban cumpliendo sus funciones por razones de salud.
En esa línea, justificó que vio a la afectada salir del hospital "haciendo gestos como de bailar". Explicaciones que no fueron suficientes para la instancia judicial, que terminó fallando a favor de la trabajadora.
El fallo
El juzgado apuntó que "el empresario ha vertido expresiones injuriosas frente a la trabajadora en el ámbito laboral, pues aun estando de baja médica, (...) dudando de la enfermedad que la mantenía en situación de incapacidad y desprestigiando delante de amigos y conocidos a la trabajadora, cuestionado que no estaba tan enferma como para no ir a trabajar (...) que le reclamaba el salario para pagar el alquiler, pero se lo gastaba en vinos, que era una borracha, que percibía doble salario, de las nóminas y a su vez de la entidad gestora".
Se agregó que el "acoso laboral que dice haber sufrido, se define como una situación de hostigamiento que sufre un trabajador sobre el que se ejercen conductas de violencia psicológica de forma prolongada y que le conducen al extrañamiento social en el marco laboral, le causan enfermedades psicosomáticas y estados de ansiedad y en ocasiones provocan que abandone el empleo al no poder soportar el estrés al que se encuentra sometido".
La instancia concluyó que "se pone de manifiesto una vulneración del derecho fundamental al honor y al principio de respeto a la dignidad de su persona". A pesar de que se pidió inicialmente una indemnización de 5.000 euros, finalmente el empleador fue condenado a pagar 2.500 euros por concepto de daños y perjuicios.
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