Por "estafa de amor": Condenan en España a hombre que "engatusó" a mujer por redes sociales para obtener dinero

A 26 meses de prisión fue condenado un hombre acusado de realizar una "estafa de amor", mediante la cual manipuló emocionalmente a una mujer a través de redes sociales para obtener ganancias económicas ilícitas. 

El hecho ocurrió en España y fue el Juzgado de lo Penal N°3 de La Coruña, la instancia que estimó que el hombre "engatusó a la víctima en el plano afectivo con su palabrerío del señorío y del mundo del toro y del vino". 

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Todo empezó por Facebook

De acuerdo a lo que consigna el Diario Constitucional, en 2021, el hombre, que contaba con antecedentes penales, conoció a la mujer a través de Facebook y poco después iniciaron una relación sentimental a distancia. Con el vínculo ya creado, el acusado le pidió dinero a la mujer para financiar una exportación de su supuesta empresa. 

Esto con la promesa de que se lo devolvería a posteriori, aprovechándose de la confianza que se había forjado entre ambos. La mujer accedió y le prestó 1.500 euros (poco más de 1,5 millones de pesos) los cuales nunca fueron devueltos.

 

Imagen referencial / Créditos: Unsplash

 

A modo de respuesta, la víctima comenzó una campaña de "funas" en su contra e incluso expuso su caso en medio de televisión. Tras todo eso, el hombre fue denunciado y formalizado por el delito de estafa.

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El fallo de la justicia 

En su deliberación, Juzgado de lo Penal N°3 de La Coruña apuntó que el acusado se hizo pasar por un importante empresario de la industria del jamón. La afectada se puso en contacto con la empresa donde le señalaron que "estaban hartos del tema de hacerse pasar por alguien de la empresa y le pidieron perdón a ella por las molestias que esto le pudiera ocasionar".

De la misma manera, "el acusado tenía varios perfiles de Facebook, incluso alguno de mujer que le contestaría a los mensajes que él le dirigía. Es decir, se contestaría a sí mismo pero haciéndose pasar por una mujer".

Se agrega que "si en realidad se tratase de un simple préstamo que sería devuelto al día siguiente, pero finalmente no lo fue por circunstancias sobrevenidas, no habría patraña alguna como las acabadas de exponer. Y la excusa de no devolverle los 1500 euros porque ella publicó fotos del acusado en redes sociales en términos poco elogiosos no se sostiene en términos contractuales".

"Lo correcto hubiera sido pagar lo debido y, si lo estimara oportuno, interponer acciones legales frente a quien pusiera en entredicho su honor o su propia imagen", suma.

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