Bono de Invierno 2025: ¿Cuál sería el monto que recibirán los pensionados?

Ya está todo listo para que el Gobierno promulgue la ley que hace efectivo el reajuste de los trabajadores del sector público, lo que fue antecedido por distintas negociaciones entre el Ejecutivo y los gremios que componen la Mesa del Sector Público. 

En la iniciativam, aprobada por el Congreso Nacional, se estipuló "un reajuste general de 3,0%, a contar del 1 de diciembre de 2024, a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, a las y los trabajadores del Sector Público".

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"Luego, a contar del 1 de enero y junio de 2025, se otorgará un reajuste de un 1,2% y 0,64%, respectivamente, constituyendo la secuencia descrita un reajuste total de 4,9%", se agrega.

Monto del Bono de Invierno y sus beneficiarios

A su vez, se establecieron las condiciones de una serie de beneficios. Entre ellos, el Bono Invierno, el cual de ser aprobado el proyecto de ley, llegaría a los $81.257.

LO ÚLTIMO

A la espera de su promulgación, los receptores de la bonificación serán los mismos que años anteriores; es decir, los pensionados y pensionadas de estas instituciones y/o beneficiarios y beneficiarias de los siguientes aportes:

  • Del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las cajas de previsión y de las mutualidades de empleadores de la ley N°16.744, cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $222.474 (monto correspondiente a la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 años o más).
  • Del sistema AFP que estén percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Estén recibiendo un aporte previsional solidario de vejez, cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $222.474.
  • De la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • De algún régimen previsional que, adicionalmente, estén recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $222.474.
  • De las pensiones de Reparación establecidas en la Ley 19.123, en el artículo 1 de la Ley 19.992 y en el artículo 7 transitorio de la Ley 20.405.
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Junto con lo anterior, la condición general del bono es que todas estas personas enlistadas deben tener 65 o más años de edad al 1 de mayo de 2025. Por lo tanto, si un usuario cumple los 65 a partir de la segunda semana de mayo o después, tendrá derecho al aporte recién en 2026.

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