Subsidio de Agua Potable: ¿Quiénes lo reciben y cómo se solicita?
- Por Lucas Figueroa
Destinado para las familias más vulnerables, el Subsidio de Agua Potable y servicio de alcantarillado es un beneficio entregado por el Estado para ciertos hogares para alivianar los gastos asociados a ese ítem.
En concreto, consiste en una ayuda económica que cubre una parte del monto a pagar por el uso del servicio de agua potable y alcantarillado, en una vivienda en el sector urbano o rural del país, informa ChileAtiende.
Los montos van destinados a los hogares que destinen el 5% o más de los ingresos mensuales para el pago del consumo de agua potable y alcantarillado de aguas servidas, pudiendo ser subsidiados con una parte o el porcentaje del pago mensual de un consumo máximo de 13 metros cúbicos.
¿Quiénes pueden recibir el Subsidio de Agua Potable y cómo solicitarlo?
El porcentaje a subsidiar, de la cuenta de consumo de agua potable y alcantarillado, puede ser desde el 25% hasta el 85% del valor total, dependiendo del nivel socioeconómico.
LO ÚLTIMOEn todo caso, hay que destacar que este es un beneficio postulable. Para hacer el trámite, los interesados deben dirigirse a al departamento social de la municipalidad que corresponde al domicilio del jefe de familia y hacer entrega de los documentos solicitados.
Para hacer efectiva la postulación, se exige lo siguiente:
- Ser residente permanente de un domicilio que corresponda con la municipalidad que conceda este beneficio.
- Estar al día en los pagos con la empresa de servicios sanitarios o de agua potable rural, según corresponda.
- Ser la jefa o jefe de hogar de la familia principal para la postulación.
- Cumplir con el requisito de incapacidad de pago o requisito de carencia.
- Presentar una postulación de agrupación colectiva. Todas las jefaturas de familia de cada una de las viviendas que componen el colectivo deben presentar postulación en la municipalidad.
- Contar con Registro Social de Hogares (RSH).
- Presentar la última boleta del agua de la empresa sanitaria o al sistema de agua potable rural, según corresponda, la que tiene que estar pagada.
La persona que postula, además de ser residente permanente, puede ser:
- Propietaria de la vivienda.
- Arrendataria de la vivienda, siempre y cuando al interior de la misma no viva el propietario.
- Usufructuaria de la vivienda.
- Allegada externa de la vivienda cuando al interior de un sitio existe más de una vivienda abastecida por el mismo medidor y que para el subsidio al pago del consumo del agua potable se conoce con el nombre de colectivo.
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