Bono Desempeño Laboral: ¿Cuántos pagos son del beneficio?
- Por Vladimir Núñez
Uno de los beneficios que otorga el Estado a los funcionarios públicos ligados al ámbito de la educación, es el Bono por Desempeño Laboral, el cual cobra una especial relevancia por estas fechas del año.
A fines de octubre, la Subsecretaría de Educación publicó la nómina de trabajadores y trabajadoras que les corresponde recibir la bonificación en el periodo 2024 -2025.
¿Cuántos pagos se entregan del beneficio?
Este importante beneficio económico considera un monto que se divide en dos pagos: el primero, en diciembre del presente año y el segundo, en febrero del próximo.
Además, de acuerdo a lo determinado por la Ley 21.109, esta bonificación "no constituirá remuneración ni renta para todo efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, no estará afecta a descuento alguno".
¿Quiénes reciben el Bono por Desempeño Laboral?
Los destinatarios y destinatarias de la ayuda económica están determinados por la Ley 21.109. Uno de sus artículos establece que reciben el Bono por Desempeño Laboral los funcionarios que ejerzan en establecimientos educacionales dependientes de los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), siempre que los recintos sean subvencionados o impartan una enseñanza técnico profesional.
LO ÚLTIMO"También son beneficiarios de este bono los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos dependientes de aquellas municipalidades y corporaciones municipales que continúen prestando el servicio educacional", consigna un documento emitido por la Subsecretaría.
A las anteriores condiciones, se suman los requisitos de tener contrato vigente al 31 de agosto de 2024 y desempeñarse durante una jornada laboral de 44 horas semanales. En el caso de los funcionarios con menos horas de trabajo, el bono será proporcional a su carga horaria.
¿Cuál es el monto del Bono por Desempeño Laboral?
El dinero de la bonificación está compuesto por dos ítems: un monto base de 6 UF ($227.892, según el último valor de la unidad que se ha informado) y un monto variable de hasta 4 UF ($151.928).
La cifra variable se determina según el grado de cumplimiento de un "indicador general de evaluación", el que está conformado por los siguientes cuatro pilares, asignándole a cada un porcentaje de cumplimiento:
- Años de servicio en el sistema educacional público.
- Escolaridad.
- Convivencia escolar.
- Resultados controlados, por índice de vulnerabilidad escolar, del Simce por establecimiento, considerando el último nivel medido entre los dos años inmediatamente anteriores.
Obtendrán el monto máximo (las 10 UF, es decir, los $379.820) "aquellos asistentes de la educación que, por la sumatoria de las cuatro variables indicadas, obtengan el 80% o más del valor del indicador general de evaluación", dicta la citada ley.
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