Retiro de Fondos de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC): ¿Qué documentos se necesitan?

Existe una ayuda económica por parte de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) a la que pueden acceder las personas que quedan sin trabajo, dinero que será cobrado según lo acumulado en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

Cabe mencionar que el monto total reunido en el fondo de Seguro de Cesantía de la AFC, solamente podrá ser retirado siempre y cuando la persona se encuentre sin trabajo, ya que debe acreditar esta situación con algunos documentos.

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¿Qué documentos necesito para realizar el retiro de mis fondos del Seguro de Cesantía?

La persona que busque recibir el monto acumulado en su fondo de Seguro de Cesantía, deberá presentar los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad vigente.
  • La última liquidación de pago de pensión.
  • El certificado de resolución de pensión emitido por la respectiva AFP, IPS o Cajas de Previsión (FF.AA., CAPREDENA o DIPRECA), que indique fecha de inicio de la pensión y tipo de pensión que percibe.
  • Si aplica, su certificado de invalidez total o invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado emitido por la AFP.
  • En el caso de pensión de vejez anticipada con rebaja de años por realizar trabajo pesado, debe presentar el documento que acredite dicha rebaja.

 

 

Seguro de Cesantía / Aton

 

¿Qué pensionados no pueden sacar su dinero?

No obstante, también existen algunas condiciones que cumplir para sacar el dinero, por lo que algunos pensionados no podrán retirar el monto acumulado.

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No podrán hacer retiro de sus ahorros en la AFC, quienes cuenten con algunas de las siguientes pensiones:

  • Pensión por invalidez total por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales pagadas por la Mutual de Seguridad, la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensiones de gracia, de reparación, de exonerados políticos, víctimas de comisiones Rettig y Valech, y de viudez.
  • Pensiones preliminares.
  • Pensiones de invalidez parcial definitiva con saldo retenido.
LO ÚLTIMO

No obstante, en caso de que el usuario cuente con alguna de estas pensiones y se encuentre sin trabajo, podrá acceder a sus beneficios como trabajador o trabajadora cesante afiliado o afiliada al Seguro de Cesantía.

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