Esta semana inicia pago de la devolución de impuestos: ¿Quiénes reciben el dinero?

Esta semana comenzarán los primeros pagos de la devolución de impuestos en el marco del proceso de Operación Renta 2024 del Servicio de Impuestos Internos (SII).

El periodo para que los contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, declaren sus impuestos, comenzó el pasado 1 de abril, y de acuerdo a cada situación tributaria, corresponde pagar impuestos o recibir una devolución de estos.

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En esa línea, el SII ya autorizó la devolución anticipada de impuestos para más de 1,2 millones de declaraciones presentadas.

¿Quiénes reciben la devolución de impuestos esta semana?

El próximo 26 de abril comenzará el pago de la devolución de impuestos para los contribuyentes que realizaron su declaración de renta en el primer periodo, es decir, entre el 1 y 8 de abril.

"El pago de esta devolución se realizará el viernes 26 de abril, para contribuyentes con derecho a devolución de impuestos que optaron por recibirla vía transferencia electrónica", explicó el SII.

Por el contrario, quienes hayan declarado sus ingresos los primeros días de abril, pero optaron por recibir su devolución vía cheque, recibirán el pago a contar del 30 de mayo.

 

Operación Renta (Aton)

 

¿Hasta cuándo puedo realizar la Operación Renta?

El trámite de la Operación Renta se puede realizar hasta el 10 de mayo, tanto de manera online como presencial ante el Servicio de Impuestos Internos.

Las personas a las que les corresponda devolución de impuestos, recibirán el pago según el día en que realizaron la declaración de renta. 

  • Si declaraste renta entre el 9 y el 19 de abril: Recibes el depósito el 14 de mayo.
  • Si declaras renta entre el 20 y el 26 de abril: Recibes el depósito el 20 de mayo.
  • Si declaras renta entre el 27 de abril y el 10 de mayo: Recibes el depósito el 28 de mayo.

En caso de optar por pago mediante cheque, todos los pagos se otorgan el 30 de mayo.

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Cabe destacar que este 2024 es obligatorio que efectúen su declaración de impuestos las personas que:

  • Tuvieron un ingreso anual superior a los $10.402.992, salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador.
  • Tuvieron más de un empleador o pagador.
  • Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.
  • Solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota(s) correspondiente(s) (30% del monto solicitado, respectivamente). En caso de haber prepagado estos préstamos, debes declarar renta si tuviste retenciones adicionales en tu sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.

Adicionalmente, pueden realizar el trámite, aunque no están obligados, quienes quieran acceder a algún beneficio o crédito tributario, como por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.

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