Subsidio de Retención Laboral: ¿En qué consiste este beneficio económico?
El nuevo Subsidio de Retención Laboral es un aporte económico mensual que se activó para evitar que se efectúen despidos tras los incendios que afectaron a las provincias de Valparaíso y Marga Marga.
Las postulaciones a este aporte se abrieron este martes 20 de febrero y se pueden realizar por Internet.
¿En qué consiste el Subsidio de Retención Laboral?
El Subsidio de Retención Laboral contempla un monto de dinero que se le entrega directamente a las empresas siniestradas por los incendios ocurridos a inicios de febrero 2024 en la región de Valparaíso, para que puedan ofrecer una solución de continuidad laboral a quienes tengan en riesgo su fuente de trabajo.
El subsidio consiste en una bonificación mensual del 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) (actualmente $460.000) por trabajador o trabajadora postulado/a y aceptada/o, sin distinción de renta.
El pago del subsidio se entrega durante tres meses, periodo que puede ser prorrogado por otros tres meses con una bonificación por trabajador postulado y aceptado correspondiente a un 60% del IMM.
Cabe destacar que, en caso de que no se mantenga la relación laboral verificada por Sence a través de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio a la empresa por la persona trabajadora individualizada.
¿Cómo se postula?
Al Subsidio de Retención Laboral pueden acceder las empresas que cumplan con los siguientes requisitos.
- Tributen en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
- Existencia de una relación laboral a los dos meses previos al siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por el trabajador individualizado.
- Los contratos por los cuales postule la empresa deben haber sido ingresados en plataforma de la Dirección del Trabajo conforme a lo establecido en el Artículo 9 del Código del Trabajo.
- Empresas que se hayan visto siniestradas cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.
La postulación se efectúa en el sitio web de Sence (clic aquí), donde la empresa puede acceder con Clave Tributaria. Quienes postulen en febrero obtendrán el primer pago a contar del 15 de marzo.
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