Proyecto de Ley Jacinta: ¿Cuál sería el nuevo requisito para obtener la licencia de conducir?

Entre los seis documentos que obligatoriamente debe portar un automovilista para circular por las calles de nuestro país se encuentra la licencia de conducir, la que actualmente está en el centro de la discusión.

Lo anterior, a propósito del debate legislativo que está generando la propuesta de modificaciones al proyecto de Ley Jacinta, el cual está inspirado en Jacinta González, una bebé de solo cinco meses que murió en agosto de 2022 tras ser atropellada por una camioneta que conducía un hombre de 80 años.

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Al principio, la iniciativa buscaba ser más estricta en el acceso a la licencia de conducir para los adultos mayores, pero para que no sea discriminatoria con este importante sector de la población, se sugirieron cambios que derivarían en nuevos requisitos para obtener este documento.

¿Cuáles son los actuales requisitos para obtener la licencia?

Actualmente, las condiciones que debe reunir una persona para acceder a la licencia de conducir no profesional (clase B, por ejemplo, que es la más común) son las siguientes:

  • Presentar cédula de identidad.
  • Ser mayor de 18 años o, excepcionalmente, tener 17 años (en este último caso se debe acreditar la realización de un curso en una escuela de conductores).
  • Ser egresado de enseñanza básica.

Independiente de la edad, para acceder a la licencia por primera vez, el aspirante debe rendir tres tipos de exámenes: uno teórico, uno práctico y otro que mide sus capacidades psicotécnicas y de visión. Todas estas evaluaciones se realizan en la municipalidad de su comuna de residencia.

 

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El nuevo requisito que se incorporaría

Antes de la propuesta de modificaciones, lo que establecía el proyecto de Ley Jacinta era que los adultos mayores de 65 años presentaran un certificado médico que acreditase que están en condiciones óptimas de salud para solicitar o renovar la licencia.

Dicho documento debía ser emitido por un médico geriatra o un neurólogo, profesional que determinaría las capacidades psicomotoras de la persona.

La medida iba a ser votada el pasado martes 9 de enero; sin embargo, la tramitación parlamentaria quedó detenida tras escuchar la opinión de expertos, los que consideraron que la iniciativa discriminaba a los adultos mayores.

 

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Así, las observaciones que se presentaron al proyecto son más extensivas, pues señalan que todas las personas mayores de 18 años deberán presentar el certificado médico para obtener la licencia, acreditando que no poseen una enfermedad que afecte a sus capacidades físicas o motoras.

"En caso de que el postulante sí padezca alguna enfermedad señalada en el reglamento para el otorgamiento de licencias de conducir, el médico deberá dejar constancia de que se encuentra en tratamiento médico y de su aptitud para la conducción de un vehículo", estipula el primer artículo del borrador de la medida.

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Su artículo segundo indica que si la deficiencia de la persona no se considera grave, se puede entregar "licencia de conductor no profesional restringida".

Estas modificaciones serán discutidas y votadas pronto por la Cámara de Diputadas y Diputados, para ser despachadas al Senado para su segunda tramitación antes de, eventualmente, convertirse en ley de la República.

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