Bolsillo Familiar Electrónico: ¿Cuánto dinero recibe una familia con tres causantes?

El Presidente Gabriel Boric hizo un importante anuncio en materia de ayudas sociales a principios de 2023.

Entre ellas, estuvo la implementación del Bolsillo Familiar Electrónico, sistema que consiste en una transferencia directa a las familias para que puedan paliar los efectos del alza de costos en la Canasta Básica de Alimentos.

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Se trata de una transferencia de $13.500 mensuales por cada causante familiar, dinero que es depositado a través de la Cuenta RUT

De esta manera, los beneficiarios pueden cubrir o complementar el valor de las compras de alimentos y otros productos, pagando con la tarjeta de débito.

¿Cuánto dinero recibe una familia con tres causantes?

En el caso de que un núcleo familiar cuente con tres causantes que cumplan con los requisitos, dicha familia recibirá un total de $40.500.

El cálculo anterior es considerando que el monto a recibir es de 13.500 pesos por cada causante.

Cambios desde septiembre 

Estos montos están disponibles desde el día 1 de cada mes, a partir de mayo y hasta diciembre de 2023, y son depositados en la cuenta de la persona encargada de recibir los beneficios de Asignación Familiar (AFAM) o el Subsidio Familiar (SUF), o al jefe o jefa de hogar habilitada en el caso del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (SSyOO).

 

Imagen referencial / Créditos: Aton

 

Sin embargo habrá una diferencia, pues desde septiembre hasta diciembre se tendrá en cuenta para entregar el beneficio a las personas causantes del SUF y la AFAM, a través de las nóminas al 30 de abril de 2023.

Esto es a diferencia de lo que ocurría hasta agosto, donde se consideraron beneficiarias a las personas causantes del SUF y la AFAM por las nóminas al 31 de diciembre de 2022.

¿A quién está destinado el Bolsillo Familiar Electrónico? 

  • Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
  • Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario, tales como:
  1. Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
  2. Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
  3. Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación.
  4. Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses.
  5. Menores de 18 años de edad.

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