Pensión Garantizada Universal: ¿Cuál es la edad mínima para postular a la PGU?
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es uno de los beneficios para pensionados más importantes que entrega el Estado, ya que mejora las jubilaciones de los adultos mayores de nuestro país.
En abril, esta ayuda estatal tuvo un importante cambio, dado que se modificó un requisito que inicialmente acotaba el acceso a los $206.173 que hoy entrega al mes a sus beneficiarios y beneficiarias. Tras el cambio, ahora el universo de receptores se amplió, lo que significa que más personas pueden recibir el dinero.
La modificación fue en un solo requisito, pues el resto de las exigencias que deben cumplir las y los potenciales beneficiados para obtener la PGU no varió. Una de estas condiciones que se mantuvo hace referencia a la edad mínima que se debe tener para postular a este tipo de pensión.
¿Cuál es la edad mínima para solicitar la PGU?
Desde agosto de 2022, cuando el Instituto de Previsión Social (IPS) habilitó el proceso de postulación, la edad mínima para solicitar la Pensión Garantizada Universal siempre ha sido desde los 65 años hacia arriba. Vale decir, una persona que posee 64 debe esperar a cumplir un nuevo año para postular a la PGU.
El resto de los requisitos corresponde a los siguientes:
- No integrar el 10% más rico de la población total del país (este fue el que cambió en abril 2023 gracias a la Ley Corta PGU, pues antes se consideraba a la población de 65 años y más).
- Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
- Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
- Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
- Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
¿Quiénes pueden perder la PGU?
El derecho a recibir la PGU se puede perder de forma temporal o definitiva. Las razones son:
- No cobrar la PGU por 6 meses continuos. Sin embargo, la persona puede solicitar que se deje sin efecto la medida hasta 6 meses contados desde la suspensión. Transcurrido el plazo sin haberse efectuado la solicitud de reactivación, se producirá la extinción del beneficio.
- No proporcionar antecedentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la mantención del beneficio y que le sean solicitados por el IPS dentro de los 3 meses de efectuado el requerimiento.