Vocales de mesa: ¿Cuándo se conocerá la lista definitiva para las elecciones del Consejo Constitucional?

A las 00:00 horas del sábado recién pasado, el Servicio Electoral de Chile (Servel) publicó la nómina de vocales de mesa de cara a las elecciones de Consejeros Constitucionales del próximo 7 de mayo.

En este proceso, los ciudadanos habilitados para sufragar tendrán la oportunidad de elegir a quienes serán parte del Consejo Constitucional encargado de redactar una propuesta de nueva Constitución para Chile.

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El propio Servel ya entregó de manera oficial el listado de candidatos para dicha instancia. Se trata de diversos candidatos distribuidos por diferentes listas y que representan a las regiones del territorio nacional.

¿Cuándo se conoce la lista definitiva de vocales de mesa?

En el contexto de las elecciones, se informó que las personas que no puedan cumplir con su rol de vocal de mesa en aquella jornada, tienen un periodo de excusas, que se extiende entre el 17 y 19 de abril. Es decir, el proceso está en curso.

Por último, será el sábado 22 de abril el día en que se revele el listado definitivo de vocales reemplazantes.

 

Imagen referencial Aton

 

¿Qué ocurre si soy elegido y no me presento?

En caso de ser elegido como vocal de mesa y no presentarse a su respectivo local de votación a ejercer este rol, la persona arriesga una multa económica que puede ir de los $124.000 a los $500.000, aproximadamente.

Por otra parte, las excusas para no presentarse el domingo 7 de mayo, y que deberán ser recibidas por las Juntas Electorales en el mencionado periodo, son las siguientes:

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad de la ley o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros de su domicilio electoral.
  • Tener más de 70 años de edad. En las últimas elecciones la edad para excusarse era a partir de los 60 años, según las facultades que se le entregaron al Consejo Directivo de Servel, que solo fueron aplicables entre los años 2020 y 2022.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios.
  • Embarazadas durante todo el proceso de gestación. También se considerará dentro de esta causal al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.

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