Bono por Asistencia Escolar: ¿Quiénes lo reciben?
Reconocer logros de las y los estudiantes de educación básica y media es lo que realiza el Gobierno mediante la entrega de los bonos exclusivos para escolares.
Uno de estos aportes corresponde al Bono por Asistencia Escolar, el que se entrega a quienes cumplan con un porcentaje de concurrencia a clases igual o superior al 85%.
Este beneficio otorga un monto de $8.000 mensuales por cada niño, niña o adolescente que cumpla los requisitos. El bono, además, es compatible con la recepción de cualquier otro subsidio o transferencia que entregue el Estado.
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¿Quiénes lo reciben?
El Bono por Asistencia Escolar lo reciben las y los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:
- Sean parte de una familia usuaria del Subsistema Seguridades y Oportunidades.
- Estén participando del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).
- Las familias beneficiarias deben tener integrantes de entre 6 y 18 años de edad al 31 de marzo del año respectivo.
- Los niños o niñas deben estar cursando estudios en una institución educacional reconocida por el Estado, en los niveles educacionales básica o media.
- Los estudiantes deben tener una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%.
¿Cómo se solicita el beneficio?
Para recibir el Bono por Asistencia Escolar no es necesario postular, ya que se entrega de manera automática a quienes cumplan con las condiciones.
La acreditación de la asistencia escolar mensual la realiza el Ministerio de Educación (Mineduc), por lo tanto, las personas no deben hacer ningún trámite para solicitar el beneficio.
El pago del Bono por Asistencia Escolar se realiza en conjunto con el Bono de Protección y el Bono Base Familiar.
El integrante de la familia que cobra los pagos de estos aportes es quien decidió la forma en que recibe los montos, las cuales pueden ser: mediante depósito bancario o con pagos presenciales en Caja Los Héroes o Banco Estado.
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