Por feriado del 8 de diciembre: ¿Cómo pedir un "día sándwich" de forma legal?

Este 8 de diciembre es el día de la Inmaculada Concepción, por lo que será feriado para la mayoría de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país.

Así lo señala el primer artículo de la Ley 2.977, promulgada en 1915 y que establece los principales feriados en Chile, tales como el 1 de enero, el 25 de diciembre, los viernes y sábados de Semana Santa, entre otros. 

Como este 8 de diciembre corresponde a un día jueves, algunos empleados y empleadas querrán tomarse libre el viernes 9 y hacer "día sándwich" para no asistir a sus fuentes laborales y tener un fin de semana largo.

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¿Cómo pedir un "día sándwich" de forma legal? 

De acuerdo al Código del Trabajo, existe la posibilidad de que los trabajadores pidan un "día sándwich" de manera legal.

Su artículo 35 bis establece que las partes (empresa/empleador y trabajador) podrán pactar que la jornada de trabajo correspondiente a un día hábil entre dos días feriados, o entre un día feriado y un día sábado o domingo, según el caso, sea de descanso con goce de remuneraciones.   

Para lograr esto, el empleador y trabajador deben acordar la compensación de las horas no trabajadas mediante la prestación de servicios con anterioridad o posterioridad a dicha fecha.

¿Qué condiciones se deben cumplir?

El Código del Trabajo establece que para pedirse un día "sándwich", el acuerdo debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Consignarse por escrito y suscribirse por las partes respectivas, sea en el contrato de trabajo o en un documento anexo.
  • Especificarse los días en que se efectuará la prestación de servicios tendiente a compensar las horas no laboradas el día hábil otorgado como descanso con goce de remuneraciones, como asimismo, la respectiva distribución horaria.

Cabe destacar que el acuerdo también puede ser de carácter colectivo, pero en tal caso hay que distinguir entre las siguientes situaciones:

  • Pacto celebrado por un sindicato en representación de sus afiliados.
  • Pactos celebrados en el ámbito de la negociación colectiva reglada y no reglada.

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