Bono de graduación cuarto medio: ¿En qué casos se puede cobrar?
- Por Ariel Araya
Uno de los beneficios que entrega el Estado por logro educacional es el Bono Graduación de Enseñanza Media, dirigido a estudiantes que han obtenido su licencia de egreso de cuarto medio en una institución reconocida por el Ministerio de Educación.
Para obtener esta ayuda social no se requiere postulación, aunque sí se deben cumplir dos condiciones que exige el Estado.
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¿En qué casos se puede cobrar?
Para ser beneficiarios de este aporte, se deben cumplir dos requisitos:
- Deben tener 24 años o más edad (a la fecha en que se obtuvo la licencia de enseñanza media)
- Deben ser parte de una familia que pertenezca al programa Subsistema Seguridades y Oportunidades del Ingreso Ético Familiar.
Cumplidas estas condiciones, el Ministerio de Desarrollo Social abrirá una Cuenta RUT —si es que no tiene una— a nombre del beneficiario o beneficiaria, lo que no tendrá costos para él o ella.
¿Cuál es el monto que se entrega?
El monto de este beneficio es de $60.393, y se otorga por una sola vez y en una cuota. Además, cabe precisar que solo lo recibe la persona que obtiene el logro educacional, por lo que el pago no es por carga familiar.
El monto será reajustado en febrero de 2023, cuando incremente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se registre en los últimos 12 meses.
Para recibir el dinero, la o el beneficiario tiene que activar su Cuenta RUT, presentando su cédula de identidad en las sucursales de Banco Estado, para así también retirar su tarjeta Visa Débito. De esta manera, podrá cobrar el bono, para lo cual tiene un plazo de 18 meses desde que se emitió el pago.
Los que ya poseen una Cuenta RUT activada, este plazo no rige, dado que el monto se transfiere automáticamente.
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