Las excusas válidas para no ser vocal de mesa 2022
- Por Julieta Garagay
Falta poco más de un mes para que se realice el Plebiscito Constitucional de Salida, que tiene como objetivo aprobar o rechazar la propuesta de una Nueva Constitución.
Las votaciones son de carácter obligatorio para las personas que tengan inscrito su domicilio electoral en Chile. Para quienes estén registrados en el extranjero, en cambio, es voluntario.
Al mismo tiempo, tanto aquellos que no asistan a votar como los que sean seleccionados como vocales de mesa y no se hagan presentes sin una justificación debida, se expondrán a una multa. De todas formas, existen ciertas excusas para justificar la ausencia en esta tarea.
¿Quiénes son elegidos como vocales de mesa?
De acuerdo a la información del Servicio Electoral (Servel), los vocales de mesa son los electores y electoras designados por una Junta Electoral para recibir los votos emitidos y realizar el primer escrutinio. Las Juntas Electorales son las encargadas de esta labor tanto en Chile como en el extranjero.
Son cinco las personas escogidas, las que deben constituir la mesa receptora de sufragio el día previo a la elección.
Entre las personas que no pueden ejercer como vocal de mesa se encuentran aquellas que desempeñen cargos de elección popular y sus familias (cónyuges, parientes consanguíneos y parientes afines del marido o mujer), extranjeros (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales.
¿Cuándo se publicará la nómina de vocales de mesa?
El 13 de agosto de 2022, los secretarios de las Juntas Electorales publicaran las nóminas de vocales para Mesas Receptoras de Sufragios en la página web del Servel: https://consulta.servel.cl/, donde se podrá ingresar con el RUT.
Quienes hayan sido elegidos vocales de mesa, pero estén en alguna de las causales contempladas por la ley 18.700 para excusarse de cumplir ese rol, tendrán plazo desde el 16 y hasta el 18 de agosto para hacerlo ante la Junta Electoral que les corresponda.
De no asistir a su deber como vocal se incurrirá en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal. La suma puede ir desde los 2 a las 8 UTM, es decir, entre $116 mil y $465 mil pesos.
El 20 de agosto de 2022, los Secretarios de Juntas Electorales publicaran las nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios.
Excusas para no ser vocal de mesa
Las causales para no desempeñarse como vocal de mesa en el Plebiscito de Salida son:
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Tener más de 60 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.
- Estar en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.
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