¿Cuándo se deben presentar las excusas por no ir a votar en el Plebiscito?
- Por Julieta Garagay
Falta poco más de un mes para que se realice el Plebiscito Constitucional de Salida, que tiene como objetivo aprobar o rechazar la propuesta de una Nueva Constitución.
Este 4 de septiembre, tanto en Chile como en el extranjero, se harán estas votaciones, las que son de carácter obligatorio exclusivamente para las personas que tengan inscrito su domicilio electoral en Chile. Para quienes estén registrados en el extranjero, en cambio, es voluntario.
En caso de no acudir a sufragar en sus locales de votación ese día, los electores se expondrán a una multa. Pero para aquellos imposibilitados de hacerlo, existe la posibilidad de presentar excusas para no votar, dentro de un plazo establecido, las que deben ser debidamente acreditadas por un juez.
Excusas para no votar
Puedes faltar al proceso eleccionario por los siguientes motivos:
- Enfermedad.
- Ausencia del país.
- Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en el que se encuentra registrado su domicilio electoral.
- Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
Plazo para presentar las excusas
En caso de que una persona haya faltado a la votación por una Nueva Constitución, el Servicio Electoral (Servel) la identifica y acusa ante el Juzgado de Policía Local del municipio de su comuna de residencia.
El votante que no sufragó será notificado mediante una carta certificada a su domicilio, que contiene la fecha y hora de citación para comparecer ante el juez. En esta instancia se dictará la multa a pagar según las justificaciones del infractor, que puede llegar hasta las 3 UTM, lo que equivale a $174.744.
Las excusas deben ser presentadas en la fecha de citación realizada por los juzgados de policía local, lo que sucede en los meses siguientes a la elección y una vez que el Servel hace la denuncia.
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