Calendario de restricción vehicular: ¿Qué días tengo prohibido salir con mi auto?
- Por Matías González Olguín
A partir de este lunes 2 de mayo comienza la restricción vehicular 2022 en la Región Metropolitana, medida que prohíbe la circulación de determinados vehículos según su año de fabricación y si posee sello verde o no.
Desde este mes, ciertos automóviles motorizados no podrán circular ni entrar en el anillo de Américo Vespucio, así que sus respectivos conductores deberán utilizar el transporte público para llegar a sus destinos.
Todo sobre Restricción vehicular
¿Cuál es el calendario de la restricción vehicular?
Los ministerios de Transportes y de Medioambiente informaron la implementación de la restricción vehicular según el siguiente calendario y tipo de auto motorizado:
Automóviles, station wagons y similares (sin sello verde)
Cualquiera sea su último dígito en la placa patente, no podrán circular de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio. Lo mismo aplica para motocicletas y similares de años anteriores a 2002.
Automóviles, station wagons y similares (sin sello verde)
No podrán circular fuera del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, pero dentro de la Provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, según su último dígito de placa patente, conforme el siguiente calendario semanal:
Buses de transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales sin sello verde
No podrán circular dentro de la provincia de Santiago y de las comunas de San Bernardo y Puente Alto de lunes a viernes, excepto los feriados, entre las 10:00 y las 16:00 horas, según su último dígito de placa patente:
Vehículos de transporte de carga sin sello verde
Excepto los feriados, no podrán ingresar al perímetro delimitado por el anillo de Américo Vespucio de lunes a viernes entre las 10:00 y las 18:00 horas. Aplica el mismo calendario exhibido en las tablas anteriores.
Automóviles, station wagons y similares con sello verde
La restricción aplica para los autos inscritos el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2011.
Así, no podrán circular de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, al interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, según su último dígito de placa patente:
Motocicletas y similares
Aplica para motocicletas inscritas en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010.
Estos motorizados no podrán circular de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, al interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, según su último dígito de placa patente, conforme al siguiente calendario:
¿Qué vehículos están liberados de la restricción vehicular?
Independiente de la vigencia de la restricción, están autorizados a transitar libremente los siguientes vehículos:
- Salud: ambulancias, vehículos particulares para traslado de personal de salud o de pacientes, los que presten servicios de rehabilitación, los de traslado de personas discapacitadas, funerarios.
- Fuerzas de orden y seguridad: Carabineros, PDI, Gendarmería.
- Servicios municipales y gubernamentales: camiones recolectores de basura, fiscalizadores de transporte, vehículos municipales de seguridad.
- Bomberos.
- Transporte público.
- Vehículos eléctricos o híbridos, y vehículos a gas.
- Prensa: vehículos pertenecientes a canales de TV que posean antenas para realizar despachos en vivo.
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