Proyecto de autopréstamo de AFP: ¿Cuáles serían los plazos de pago de mis fondos?
- Por Meganoticias
La idea del quinto retiro ha tenido días intensos desde que fue presentado al Congreso Nacional, a principios de diciembre de 2021, justo antes de que se rechazara la cuarta extracción de las AFP.
Actualmente, son varias las medidas que pretenden concretar un nuevo rescate de los fondos previsionales, pero ninguna es tan singular como la ingresada por el Partido de la Gente (PDG), cuyas diputadas y diputados proponen un autopréstamo equivalente al 15% de los ahorros de cada afiliado.
Este proyecto de ley está en su primer trámite constitucional en la comisión de Constitución de la Cámara Baja. Debido a la idea matriz que plantea, seguramente será discutido aparte de las iniciativas del quinto retiro.
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¿Cuáles serían los plazos de pago del proyecto de autopréstamos?
Los parlamentarios del PDG establecen que si los afiliados tienen un ahorro menor a $10 millones y mayor a $1 millón al momento de realizar la solicitud de autopréstamo, "podrán solicitar como retiro un monto de hasta un millón de pesos".
En cambio, si la cifra fuese inferior a $1 millón, "se podrá solicitar el monto total de lo ahorrado en calidad de préstamo". En caso de que las cifras sean superiores, el cotizante podrá retirar un valor equivalente al 15% de sus ahorros.
Respecto de los plazos de pago del monto autoprestado, el proyecto sugiere el siguiente mecanismo:
- El 70% del monto se entrega de manera inmediata, dentro del plazo de diez días hábiles a contar del ingreso de la correspondiente solicitud.
- El remanente (30%), se entrega dentro del plazo de veinte días hábiles a contar del ingreso de la solicitud.
Cabe precisar que dentro de esos veinte días hábiles, el Poder Judicial revisará si el solicitante está demandado por deudas en pensión alimenticia. De no haber demanda, se procederá al pago restante dentro de tres días hábiles.
¿Cómo sería la devolución de los montos retirados?
Si la iniciativa se convierte en ley bajo las actuales condiciones que plantea, el PDG señala que el monto que el afiliado retire "se convertirá a la UF del día de la entrega del dinero".
Posteriormente, ese dinero "deberá ser devuelto a la cuenta individual del solicitante reajustado conforme a las variaciones experimentadas por la UF en una o hasta sesenta cuotas".
A modo de ejemplo: si un afiliado realiza un autopréstamo de 1 millón de pesos y el precio de la UF tiene una variación total de $50.000 —entre la fecha de solicitud y la de devolución—, lo que tendrá que devolver será un monto equivalente a $1.050.000. La ventaja es que tal dinero podrá pagarse en cuotas.
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