Pagos para afiliados de las AFP: Conoce los beneficios que pueden recibir los cotizantes
- Por Meganoticias
Las personas que cotizan en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) pueden recibir una serie de beneficios económicos.
Además del tercer retiro del 10% (vigente hasta el 28 de abril) y una eventual quinta extracción de los fondos de pensiones, los cotizantes pueden acceder al Bono de Cargo Fiscal, mientras que los pensionados de AFP pueden postular a la Pensión Garantizada Universal (PGU).
Sin embargo, estas no son las únicas ayudas, ya que hay otros beneficios que buscan mejorar las pensiones o solventar otros sucesos. Estos aportes están dirigidos a diversas personas, como las madres, adultos mayores y los trabajadores.
¿Cuáles son los beneficios para los afiliados a AFP?
Pensión Garantizada Universal
Los mayores de 65 años que reciban el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) ahora pueden obtener la Pensión Garantizada Universal, el que otorga $185.000 al mes.
Los beneficiarios actuales del APSV recibirán la PGU sin realizar ningún trámite de postulación. Por el contrario, quienes cumplan con los requisitos para este aporte, pero no son beneficiarios automáticos, pueden solicitarla en el sitio de Chile Atiende.
Los afiliados a las AFP que cumplan con los requisitos de la PGU también pueden postular a la Pensión Garantizada Universal.
Bono de Reconocimiento
El Bono de Reconocimiento es una ayuda estatal que se entrega a los trabajadores que se hayan cambiado desde el antiguo sistema de pensiones a las actuales AFP. El beneficio se entrega cuando el afiliado se pensiona por vejez, invalidez o cuando fallezca.
El monto se calcula de acuerdo a los periodos de cotizaciones que la persona registre en el antiguo régimen previsional y es depositado en su cuenta cuando la persona se pensione por vejez, invalidez o fallezca.
Pagos en exceso de las AFP
Los afiliados pueden acceder a la devolución de pagos en exceso de las AFP. Estos montos se generan cuando los aportes superan el tope imponible en la cuenta de cotización obligatoria del trabajador o cuando se siguen pagando las cotizaciones por sobre la edad legal de jubilación.
Cada afiliado puede consultar en su respectiva AFP si posee pagos en exceso y, en caso de tenerlos, solicitar su devolución. Para ello hay un trámite que consiste en varias etapas, como la presentación de documentos, la revisión de ellos y el eventual pago del dinero.
Bono Post Laboral
Este bono se entrega mensualmente a funcionarios del sector público que están afiliados al sistema de AFP y tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones. El pago corresponde a $75.154 que se otorgan para toda la vida. Además, el monto no es imponible, ni constituye indemnización o renta.
Bono por hijo
El beneficio busca incrementar la pensión de las mujeres a través de la entrega de un aporte por cada hijo nacido vivo o adoptado. El bono no se paga cuando nace o se adopta al hijo, sino que es depositada junto a la pensión de la beneficiada en su cuenta de AFP.
Cabe destacar que en el caso de los hijos adoptados, el aporte será recibido por la madre biológica y la madre adoptiva.
Cuota Mortuoria
Es un beneficio de hasta 15 UF (cerca de $469.000) para costear los gastos de funeral del afiliado a sistema de pensiones AFP o al sistema de pensiones solidarias.
Esta cuota mortuoria se financia con el saldo de la cuenta individual del fallecido y es pagada por la AFP o la institución a la que estaba pensionado, dependiendo del caso.
Garantía Estatal
La Garantía Estatal complementa la pensión de un afiliado a una AFP cuando su saldo de la cuenta individual se agotó después de haber financiado sus pensiones bajo la modalidad de retiro programado o tienen una renta vitalicia menor a la pensión mínima vigente.
Los montos del aporte son reajustados en diciembre de cada año.
Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes
El Subsidio a la Cotización de Trabajadores Jóvenes se le entrega a trabajadores de entre 18 y 35 años para mejorar sus futuras pensiones.
El monto mensual consiste en $16.025, que son depositados de manera directa en la cuenta de capitalización individual que tiene el trabajador en su respectiva administradora de fondos.
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