Pensión Garantizada Universal: ¿Cómo saber si soy beneficiario?

  • Por Meganoticias

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico mensual que entrega el Estado a los adultos mayores de 65 años.

Todas las personas que actualmente poseen una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), dejarán de percibir estos beneficios y serán traspasados automáticamente a la PGU, sin necesidad de que hagan una solicitud o trámite adicional.

La PGU también la recibirán las personas que cumplan los requisitos, independientemente de que continúen trabajando o reciban una pensión de algún régimen previsional como las AFP o el antiguo sistema.

Todo sobre Pensión Garantizada Universal

¿Cómo saber si soy beneficiario?

El Instituto de Previsión Social (IPS) cuenta con un sitio que permite revisar con el RUT si una persona es beneficiaria de la PGU.

Para conocer si tienes derecho a la Pensión Garantizada Universal, hay que ingresar al sitio web de Chile Atiende, anotar RUT y fecha de nacimiento y hacer clic en "Consultar".

El sitio indicará si la persona ya tiene asignado el beneficio por pertenecer al Pilar Solidario —el que será reemplazado por la PGU— o si debe solicitarlo.

En caso de cumplir los requisitos para solicitar los pagos, en el mismo sitio se derivará a los usuarios al formulario de solicitud en línea, el cual requiere Clave Única.

¿Cuáles son los requisitos de la PGU?

La Pensión Garantizada Universal está dirigida a todas las personas de 65 años o más que cumplan con los siguientes requisitos: 

  • No integren un grupo familiar perteneciente al 10% de mayores ingresos de la población.
  • Cuenten con una pensión base menor a la pensión superior, fijada en $1.000.000.
  • Acrediten residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
    • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
    • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.

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