Pensión Garantizada Universal: ¿Quiénes deben postular desde este 1 de febrero?
- Por Meganoticias
Este martes 1 de febrero comienza el periodo de postulaciones para recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU).
Este beneficio entregará $185 mil mensuales a las y los adultos mayores que tengan desde 65 años, que no sean parte del 10% más rico de la población y que tengan una pensión menor a $1 millón.
Cabe destacar que estar pensionada o pensionado no es un requisito para ser beneficiario, y también la podrán recibir quienes sigan trabajando.
Todo sobre Pensión Garantizada Universal
¿Quiénes deben postular a la PGU?
Desde este 1 de febrero pueden hacer la solicitud de este beneficio las personas de 65 o más años que hoy cumplen los requisitos para el Pilar Solidario -pertenecientes al 60% de menores ingresos- y que no están recibiendo una Pensión Básica Solidaria (PBS) o un Aporte Previsional Solidario (APS).
Pueden postular quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- Tengan 65 años o más.
- No integren un grupo familiar perteneciente al 10% de mayores ingresos de la población.
- Acreditar residencia en el territorio chileno en estos dos casos: Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad; o un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Tengan una pensión base menor a la pensión superior, fijada en $1.000.000.
En tanto, quienes cumplan los requisitos de PGU (pero no los del Pilar Solidario), podrán realizar su solicitud desde febrero de 2022, pero comenzarán a recibirla desde agosto de 2022.
Cabe destacar que las personas que actualmente reciben alguno de los beneficios del Pilar Solidario no deben postular a la PGU y comenzarán a recibir el pago automático a contar del viernes 18 de febrero.
¿Dónde puedo postular?
Las postulaciones se pueden realizar a través de los canales informados por el Instituto de Previsión Social (IPS) en el sitio web chileatiende.gob.cl.
Una vez que se evalúe el cumplimiento de los requisitos y se les apruebe el beneficio, se les informará a estas personas su lugar y fecha de pago.
Beneficiarios automáticos
Las personas que actualmente reciben alguno de los beneficios del Pilar Solidario no deben postular a la PGU y comenzarán a recibir el pago automático a contar del viernes 18 de febrero.
Ese pago lo recibirán los beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria de Vejez o del Aporte Previsional Solidario (APS) de Vejez, y que reciben estos beneficios por parte del IPS.
Desde ese día, se pagará el incremento correspondiente a estas personas si tienen pagos por depósitos en cuenta y a quienes tienen su fecha de pago presencial establecida desde ese día 18 en adelante.
Todas las demás personas del Pilar Solidario que no se encuentren en esos grupos -esto es, personas con pago presencial antes del 18- recibirán sus incrementos desde marzo.
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