Quinto retiro del 10%: ¿En qué está el proyecto?
- Por Meganoticias
Luego que fuera rechazado el cuarto retiro del 10%, la diputada Pamela Jiles y su par Félix González presentaron un proyecto de ley que permitiría realizar un quinto retiro de los fondos previsionales de AFP.
Se espera que la iniciativa pronto comience a ser analizada por el Congreso Nacional, iniciando un largo trámite legislativo que podría incluir una comisión mixta, tal como ocurrió con la medida antecesora.
¿En qué está el quinto retiro?
Actualmente, el proyecto está en su primer trámite constitucional en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados, a la espera del inicio de su tramitación.
Según señaló el presidente de la comisión, Marcos Ilabaca, su propósito es que la discusión inicie lo más pronto posible, pero aquello no ha ocurrido por una especial razón.
"Estamos trabajando en el procedimiento para que el retiro sea una realidad y no un mero sueño. Hoy no están los votos y, si se rechaza, no se podrá volver a discutir, menos con la composición del próximo Congreso", declaró en redes sociales.
¿Cuál es el monto máximo que podría retirar?
En la iniciativa del quinto retiro, se hace referencia a los montos extraídos en el primer y segundo retiro del 10%. Considerando las cifras de las extracciones anteriores, con el eventual quinto retiro del 10% se podría sacar:
- Un monto máximo de retiro equivalente a 150 UF (cerca de 4,6 millones) y un mínimo de 35 UF ($1 millón, aproximadamente).
En el primer, segundo y tercer retiro, las personas que tuvieran menos de 35 UF en su cuenta de la AFP, podían sacar hasta dicho monto.
¿Cuáles serían los plazos de pago?
En caso de que el quinto retiro del 10% se convierta en ley, las AFP deberán entregar los fondos a las personas que los soliciten en un plazo máximo de 15 hábiles, contado desde que la persona pidió su dinero a su respectiva AFP.
"La implementación del sistema de transferencias de fondos y otras medidas que se efectúen en virtud de esta disposición no tendrán costo alguno para los afiliados", plantean Jiles y González.
Con respecto a cuál sería el plazo para hacer el trámite, los afiliados podrían solicitarlo hasta 365 días después de que la eventual ley sea publicada en el Diario Oficial.
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