Proyecto de quinto retiro del 10%: Conoce el monto máximo que podrías retirar

  • Por Meganoticias

Tras el rechazo del proyecto del cuarto retiro del 10%, parlamentarios ingresaron al Congreso otra iniciativa que buscan concretar una nueva extracción de fondos previsionales.

Se trata de la iniciativa conocida como quinto retiro del 10%, la cual fue presentada por la diputada Pamela Jiles y el diputado Félix González.

El objetivo de esta nueva extracción de fondos es que las personas puedan contar con este dinero para mitigar los efectos sociales derivados del término del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, decretado debido a la pandemia del coronavirus.

Según aseguró Jiles, "Los dos candidatos presidenciales han declarado que están en contra de un nuevo retiro, a través de sus asesores, me parece que esta es la hora de aprobar un quinto retiro, de empezar a tramitarlo, porque la gente lo necesita y la pandemia va a empeorar".

¿Cuál es el monto máximo que se podría sacar?

Cabe destacar que actualmente el proyecto se encuentra en su primer trámite constitucional, a la espera de ser puesto en tabla por la comisión de Constitución de la Cámara Baja.

En la iniciativa del quinto retiro, se hace referencia a los montos extraídos en el primer y segundo retiro del 10%. Considerando las cifras de los retiros anteriores, con el eventual quinto retiro del 10% se podría sacar:

  • Un monto máximo de retiro equivalente a 150 UF (cerca de 4,6 millones) y un mínimo de 35 UF ($1 millón, aproximadamente).

En el primer, segundo y tercer retiro, las personas que tuvieran menos de 35 UF en su cuenta de la AFP, podían sacar hasta dicho monto.

¿Cuáles serían los plazos de pago?

En caso de que el quinto retiro del 10% se convierta en ley, las AFP deberán entregar los fondos a las personas que los soliciten en un plazo máximo de 15 hábiles, contado desde que la persona solicitó su dinero a su respectiva AFP.

"La implementación del sistema de transferencias de fondos y otras medidas que se efectúen en virtud de esta disposición no tendrán costo alguno para los afiliados", plantean Jiles y González.

Con respecto a cuál sería el plazo para hacer el trámite, los afiliados podrían solicitarlo hasta 365 días después de que la eventual ley sea publicada en el Diario Oficial.

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