Proyecto del quinto retiro: ¿Quiénes no podrían sacar su 10% de la AFP?
- Por Meganoticias
Una vez conocido el rechazo al cuarto retiro por parte de la Cámara de Diputados y Diputadas, inmediatamente se ingresó al Congreso Nacional una medida que busca una nueva extracción de los fondos previsionales de las AFP.
La iniciativa se conoce como quinto retiro del 10% y fue presentada por la parlamentaria Pamela Jiles y su par Félix González.
Actualmente, el proyecto se encuentra en su primer trámite constitucional, a la espera de ser puesto en tabla por la comisión de Constitución de la Cámara Baja.
El también denominado cuarto retiro 2.0 es similar a las medidas anteriores, solo que esta vez no considera el Estado de Excepción como contexto para realizar eventualmente el retiro de los fondos.
¿Quiénes no podrían hacer el quinto retiro?
Según plantean Jiles y González, se autoriza "a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500 (actual sistema de AFP), de forma voluntaria y excepcional, a efectuar un retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias".
También se incluyen a las personas beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia.
Por supuesto, están contemplados los cotizantes que aún poseen ahorros en sus cuentas; por lo que quienes quedaron sin fondos tras el primer, segundo o tercer retiro, no podrían realizar la eventual nueva extracción.
¿Cuál es el monto máximo que se podría sacar?
En la iniciativa del quinto retiro, se hace referencia a los montos extraídos en el primer y segundo retiro del 10%. Considerando las cifras de los retiros anteriores, con el eventual quinto retiro del 10% se podría sacar:
- Un monto máximo de retiro equivalente a 150 UF (cerca de 4,6 millones) y un mínimo de 35 UF ($1 millón, aproximadamente).
En el primer, segundo y tercer retiro, las personas que tuvieran menos de 35 UF en su cuenta de la AFP, podían sacar hasta dicho monto.
En caso de que el quinto retiro del 10% se convierta en ley, las AFP deberán entregar los fondos a las personas que los soliciten en un plazo máximo de 15 días hábiles, contado desde que la persona solicitó su dinero a su respectiva AFP.
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