Cuarto retiro: ¿Qué personas no podrían sacar sus ahorros de la AFP?
- Por Meganoticias
Durante la mañana de este lunes 29 de noviembre se retomó la discusión del cuarto retiro de los fondos previsionales de las AFP en la comisión mixta, cuya misión es resolver las discrepancias que ocasionaron que el proyecto fuera rechazado en general por el Senado.
Según parlamentarios miembros de la comisión, el único acuerdo al que se ha llegado es el de modificar la referencia del Estado de Catástrofe por el de Alerta Sanitaria. De esa manera, los cotizantes podrían extraer sus ahorros sin que el país esté en Estado de Excepción Constitucional.
Aún existe incertidumbre con lo que pueda ocurrir con la iniciativa. El senador y presidente de la comisión, Pedro Araya, señaló que ve "muy complejo" el que se apruebe, debido a que aún existen diferencias sustanciales en las posturas del oficialismo y oposición.
¿Quiénes no podrían hacer el retiro?
Quedarían imposibilitados de efectuar el cuarto retiro todos aquellos cotizantes que no registran ahorros previsionales en su cuenta individual de AFP, tras haber realizado recientemente una extracción de fondos —recordar que el segundo y tercer retiro siguen vigentes—, por ejemplo.
En una situación especial están los afiliados que poseen fondos superiores a 150 UF. Ellos sí podrían efectuar un cuarto retiro, pero no extraer un monto superior a esa cifra.
¿En qué plazos podría recibir los fondos retirados?
Entre las 18 indicaciones que fueron presentadas en la comisión mixta está la correspondiente a los plazos de pagos de los fondos, lo cual se desarrollaría en dos tiempos según el monto extraído.
El senador Pedro Araya propuso que los afiliados que retiren una cifra igual o inferior a 35 UF (cerca de $1 millón) obtendrán el dinero en una sola cuota, considerando un plazo de entrega de 30 días corridos desde que se presentó la solicitud de retiro.
Mientras que los cotizantes que extraigan un monto superior a 36 UF e igual o inferior a 150 UF ($4,6 millones aproximadamente) recibirán sus ahorros en dos pagos. El primero en un plazo de 30 días corridos desde la solicitud; y el segundo, a los 60 días corridos también contando desde la solicitud.
A diferencia de los retiros anteriores, el cuarto retiro del 10% se podría efectuar en los siguientes 730 días (2 años) desde que fue publicada la ley.
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