Cuarto retiro: ¿Qué debería ocurrir para que se convierta en ley y así poder sacar los fondos de las AFP?
- Por Meganoticias
Un solo voto a favor faltó para que el Senado aprobara en general el cuarto retiro del 10%, que finalmente fue rechazado por no alcanzar el quórum de los 3/5 en Sala.
El proyecto necesitaba 25 votos para continuar con su segundo trámite constitucional, pero solo consiguió el apoyo de 24 parlamentarios, mientras que otros quince se manifestaron en contra y uno se abstuvo.
A pesar del resultado negativo, las aspiraciones de la iniciativa aún continúan con vida, pues ahora pasará a comisión mixta, en donde tendrá que recorrer un intenso camino para convertirse eventualmente en ley.
¿Qué debe ocurrir para que el cuarto retiro sea ley?
La comisión mixta está compuesta por senadores y diputados, quienes deben reformular el proyecto para solucionar las dificultades que motivaron su rechazo en el Senado. El texto que redacten será sometido a votación en la comisión: si es aprobado, pasa a la Cámara de Diputados y Diputadas (cámara de origen).
Nuevamente, la Cámara Baja vota el proyecto proveniente de la comisión mixta y, si lo aprueba, lo despacha al Senado (cámara revisora). Esta sería la última instancia del cuarto retiro, en donde se define si es despachado a ley o si es archivado; esto último implicaría que la iniciativa no se puede presentar al Congreso dentro de un año.
Cabe considerar que, desde el momento en que la medida recae en la comisión mixta, en todas las etapas está la posibilidad de que no pueda seguir avanzando; por ende, no se convertiría en ley.
¿De qué depende que se convierta en ley?
En el escenario de que sea despachado a ley, será el Presidente de la República el que definirá si el cuarto retiro se convierte en legislación o no.
Suponiendo que el trámite finaliza antes del fin del Gobierno de Sebastián Piñera, él tendría que aprobarlo y promulgarlo para que sea publicado en el Diario Oficial y así entrar en vigencia, lo que permitiría que los afiliados puedan extraer hasta el 10% de sus fondos de AFP.
No obstante, considerando las constantes críticas que ha hecho el Ejecutivo al retiro, es muy improbable que lo anterior ocurra. Por lo mismo, una de las posibilidades ante el avance del proyecto es que el Presidente establezca un veto, el cual puede ser aditivo, sustitutivo o supresivo; o bien, haga observaciones al texto.
Ante esto, ambas Cámaras deben pronunciarse. Si se aprueban las observaciones, hay ley. Sin embargo, los parlamentarios también pueden rechazar las consideraciones del Gobierno e insistir en el proyecto original, para lo cual necesitan el quórum de dos tercios.
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