Llamado especial del Subsidio DS49: ¿Cómo se postula al beneficio?
- Por Meganoticias
El Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conocido como Subsidio DS49, es un beneficio habitacional que permite adquirir una vivienda sin tener que optar a un crédito hipotecario.
Si bien las postulaciones individuales para este subsidio aún no comienzan, actualmente están abiertas las postulaciones para el llamado especial al Subsidio DS49.
En este proceso pueden postular grupos que tengan asociado un proyecto de construcción en nuevos terrenos ubicados en la Región Metropolitana. Ellos podrán construir un conjunto de viviendas, que incluye urbanización, equipamiento y áreas verdes, con un mínimo de 10 y un máximo de 160 viviendas.
¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos para postular al Subsidio DS49 llamado especial, tienen relación con el ahorro requerido y la calificación socioeconómica de los postulantes, por lo que se debe estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH).
En cuanto al ahorro, se solicita:
- Tener un ahorro mínimo de 10 UF (cerca de $297 mil) si son postulantes ubicados en el 40% de la población más vulnerable, según el RSH.
- Tener un ahorro mínimo de 15 UF (aproximadamente $446 mil) si son postulantes ubicados sobre el 40% y hasta el 90% de la población más vulnerable, según el RSH.
En cuanto a la calificación socioeconómica, para la conformación de los proyectos postulantes se debe considerar lo siguiente:
- Que a lo menos el 70% de sus integrantes pertenezca al 40% más vulnerable de la población, según el RSH.
- Que hasta un 30% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40% y hasta el 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.
¿Cómo puedo postular al DS49 llamado especial?
Las personas que deseen postular al llamado especial del Subsidio DS49 para la Construcción en Nuevos Terrenos, tienen que seguir los siguientes pasos:
- Pertenecer a un grupo organizado que esté compuesto entre 2 a 160 integrantes.
- El grupo debe contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa).
- La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la Construcción de un loteo o Copropiedad en un terreno, que puede ser del comité, de la Entidad Patrocinante, de la Empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
- El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité.
- El proyecto es evaluado por SERVIU, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que estas sean corregidas por la Entidad Patrocinante.
- Una vez que el proyecto resulte calificado por SERVIU, pueden participar en la selección que se dispone con este llamado.
- Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.
¿Hasta cuándo puedo postular?
Los grupos que sean parte de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos que se encuentren calificados por el Serviu, pudieron postular hasta el martes 31 de agosto al llamado especial del Subsidio DS49.
Los colectivos que no alcancen a postular en ese plazo, podrán realizar el trámite hasta el 30 de noviembre de 2021.
En este proceso, los terrenos de la Región Metropolitana que están disponibles para construir viviendas son:
- Provincias de Cordillera y Maipo.
- Provincias de Chacabuco, Talagante y Melipilla.
- Provincia de Santiago.
Leer más de