Excedentes del Seguro de Cesantía: Revisa cuáles son los plazos de pago

  • Por Meganoticias

Los inscritos en el Seguro de Cesantía tienen la posibilidad de revisar si tienen rezagos en la AFC, lo cual consiste en dinero que puede ser devuelto a los afiliados de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

En la mayoría de los casos, estos montos corresponden a pagos en exceso que el empleador realizó ante la AFC por un monto superior a lo establecido, o pagos indebidos por cotizaciones efectuadas a trabajadores no cubiertos por dicho seguro.

¿Cómo puedo revisar si tengo dinero disponible?

Los afiliados y empleadores que deseen saber si registran rezagos deben acceder al sitio www.afc.clAl ingresar, se deben dirigir a la Sucursal Virtual de Afiliados (con su clave personal o Clave Única) o a la Sucursal Virtual de Empleadores (con su clave de empleador), según corresponda.

Luego, debe seleccionar la sección "Rezagos" y consultar en la pestaña "Rezagos por devolver" si registra pagos indebidos o en exceso. En caso de tener dinero a su favor, el usuario podrá solicitar su devolución ingresando la información requerida en esa misma plataforma.

¿Debo estar cesante para cobrar los excesos?

Para solicitar los excesos del Seguro de Cesantía no es necesario que la persona esté cesante y tampoco se deben presentar documentos.

Lo único que debe hacer, es ingresar al sitio web de la AFC y revisar si tiene dinero por cobrar.

¿Cuáles son los plazos de pago?

En caso de que la persona tenga saldo a su favor, debe ingresar el método por el cual desea recibir el dinero y en un plazo de 15 días obtendrá su pago.

Los solicitantes podrán obtener su dinero mediante depósito en una cuenta bancaria o a través de pago presencial en sucursales de Banco Estado o Servipag.

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