Seguro de Cesantía y Fondo de Cesantía Solidario: ¿Cuáles son sus diferencias?
- Por Meganoticias
Uno de los efectos que ha provocado la pandemia del coronavirus es que miles de trabajadores del país han visto suspendidos sus empleos, mientras que otros han quedado cesantes.
Cuando un trabajador queda sin trabajo, puede acceder a una serie de beneficios y derechos para enfrentar de mejor manera el periodo en que se encuentre desempleado.
Dentro de estos beneficios, están los otorgados por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) a sus afiliados, como el Seguro de Cesantía y el Fondo de Cesantía Solidario.
¿En qué se diferencia el Seguro de Cesantía del Fondo de Cesantía Solidario?
El Seguro de Cesantía es un seguro a cargo de la AFC, que protege a todos los trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicios, que estén regidos por el Código del Trabajo.
Los afiliados a la AFC tienen una cuenta individual por cesantía, en la que mensualmente su empleador cotiza el 3% de la remuneración imponible del trabajador.
Cuando la persona queda cesante, puede retirar el dinero acumulado en su cuenta individual por cesantía, mediante giros mensuales, según el porcentaje de su remuneración.
En el caso de que un trabajador no tenga los recursos suficientes en su cuenta individual al momento de quedar cesante, podrá acceder al Fondo de Cesantía Solidario de la AFC, el cual garantiza beneficios mínimos a sus afiliados.
Los trabajadores que hayan agotado los fondos de su Seguro de Cesantía, también podrán recurrir al Fondo de Cesantía, al cual se puede acceder hasta 10 veces en cinco años.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Seguro de Cesantía?
Al Seguro de Cesantía pueden acceder los trabajadores y trabajadoras que hayan quedado cesantes por causas voluntarias o involuntarias, que cumplen los siguientes requisitos:
- Cuenten con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicios y que esté regulado por el Código del Trabajo.
- Su contrato laboral haya comenzado a partir del 2 de octubre de 2002 en adelante.
- Si el contrato laboral es anterior al 2 de octubre de 2002, el trabajador debe haberse afiliado voluntariamente a la AFC
- Trabajadoras y trabajadores de casa particular: a partir del 1 de octubre de 2020, son parte del Seguro de Cesantía.
Ellos deberán acreditar que están cesantes mediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
También tendrán que contar con al menos tres cotizaciones seguidas antes del término de la relación laboral o seis cotizaciones en los últimos 12 meses (las dos últimas deben ser continuas con el mismo empleador).
Para solicitar el dinero, deben ingresar a la a la sucursal virtual de la AFC Chile con su RUT y clave de acceso AFC o con su Clave Única. Allí deben completar sus datos e ingresar el finiquito o documento que acredite la cesantía.
Otra opción para realizar el trámite es ir a una sucursal de la AFC con la cédula de identidad vigente y el finiquito o documento que acredite la cesantía.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Fondo de Cesantía Solidario?
Para acceder al Fondo de Cesantía Solidario, es necesario que la persona no tenga recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía al momento de perder su trabajo y/o haya agotado los fondos del Seguro de Cesantía.
Ellos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante al momento de la solicitud.
- Tener insuficientes en la cuenta individual por cesantía para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
- Tener 3 cotizaciones continuas antes del término de la relación laboral; 6 cotizaciones mensuales en los últimos 12 meses, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Las dos últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador. Este requisito se mantendrá vigente hasta el 6 de septiembre de 2021. Posterior a esta fecha se continuará solicitando: 12 cotizaciones en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los últimos 24 meses.
- Tener un contrato de trabajo que haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
Las personas que cumplan con los requisitos, podrán solicitar este beneficio ingresando al sitio de la AFC. Para hacer el trámite, es necesario contar con un documento que respalde el fin de la relación laboral y la cédula de identidad.
En el sitio, la persona deberá ingresar con su RUT y Clave de la AFC o con su Clave Única. Tras ingresar, el usuario debe seleccionar la opción "cobro del seguro", para luego hacer clic en "solicitar cobro del seguro".
Quienes no puedan realizar este trámite por Internet, podrán solicitar su Fondo Solidario de Cesantía dirigiéndose a una sucursal de la AFC con su cédula de identidad y un documento que respalde el fin de su relación laboral.
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