Asignación Maternal: Conoce quiénes tienen derecho a recibir los pagos
- Por Meganoticias
Uno de los beneficios sociales que entrega el Estado cada año es la Asignación Maternal, un aporte económico para apoyar a las trabajadoras embarazadas o sus cónyuges durante su periodo gestacional.
Es un aporte que se puede solicitar desde el quinto mes de embarazo en adelante y se paga de manera retroactiva por toda la etapa de gestación.
¿Tengo derecho a recibir el pago?
Más en detalle, el subsidio de Asignación Maternal pueden solicitarlo las siguientes personas:
- Trabajadoras embarazadas dependientes o independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el Subsidio Maternal o Familiar).
- Los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar de trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.
¿Cuál es el monto del subsidio?
El monto a recibir por la Asignación Maternal va desde los $2.599 hasta los $13.401 mensuales, según información del Instituto de Previsión Social (IPS). El aporte que recibe la trabajadora o el trabajador beneficiado variará según su nivel de ingresos, lo que queda expuesto en la siguiente tabla:
Cabe precisar que estos montos se entregarán durante todo el tiempo en que las trabajadores o trabajadores beneficiados cumplan con las condiciones antes expuestas.
¿Dónde puedo solicitar el beneficio?
El beneficio se puede solicitar desde el quinto mes de embarazo en un Centro de Atención IPS-Chile Atiende. Eso sí, se deben presentar los siguientes documentos:
- Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.
- Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo y que sea emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona). El certificado debe estar visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
En caso de ser carga del trabajador se requiere presentar:
- Autorización de carga familiar del trabajador.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado. Debe estar visado por la COMPIN.
Para evitar que se acuda al COMPIN, desde el IPS señalaron que, debido a la pandemia, se autoriza acreditar cargas maternales con el certificado del quinto mes de embarazo y sin el timbre correspondiente.
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