AFP ProVida: Este es el sitio oficial para solicitar el bono de $200 mil

  • Por Meganoticias

El Gobierno entregará un Bono de $200 mil a las personas que hayan quedado sin fondos en sus Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tras el primer y segundo retiro del 10%.

Según las fechas previstas, los beneficiarios podrían recibir los $200 mil a fines de mayo o, como máximo, la primera o segunda semana de junio.

Las solicitudes para obtener el bono se podrán realizar entre el 17 y 18 de mayo, en un banner que implementará cada AFP. No obstante, desde AFP ProVida anunciaron que permitirán realizar las solicitudes de manera anticipada.

Revisa el sitio oficial de ProVida para solicitar el bono

AFP ProVida habilitará este viernes 14 de mayo un sitio web exclusivo para que sus afiliados puedan solicitar el bono de $200 mil.

Los afiliados que califiquen podrán ingresar a retiro.provida.cl con su RUT y número de documento o de serie para pedir el pago. Para acceder a la sección directamente, pincha ACÁ.

Desde ProVida detallaron que este proceso se desarrollará exclusivamente de manera online, con el objetivo de resguardar a las personas y evitar visitas a las sucursales.

Las personas tendrán un plazo de un año para solicitar el bono y quienes califiquen podrán retirar los recursos o dejarlos como parte de su saldo en su cuenta de capitalización individual.

¿Quiénes recibirán el bono?

El bono de $200 mil, lo recibirán las siguientes personas:

  • Los afiliados que quedaron con saldo cero en la Cuenta Obligatoria entre el 30 de julio del 2020 y el 31 de marzo del 2021 y siempre que hayan pedido el primer y/o segundo retiro del 10% recibirán un bono de $200.000.
  • Los afiliados que no tengan saldo cero, pero si su saldo fue menor a $200.000 el 31 de marzo, recibirán un bono por la diferencia hasta completar $200.000. En estos casos no es necesario haber solicitado los retiros. Las personas de este grupo deben haber estado afiliadas al 1 de enero de 2021.
  • También recibirán un bono los pensionados de ProVida por vejez, invalidez o sobrevivencia, que estén en una de las dos situaciones anteriores. Asimismo, los beneficiarios de Pensiones de Sobrevivencia.

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