Subsidio al Nuevo Empleo: Revisa qué necesitas para postular al pago mensual del beneficio

  • Por Meganoticias

Siguen abiertas las postulaciones para obtener el Subsidio al Nuevo Empleo, beneficio que entrega un aporte económico destinado a las personas que hayan encontrado recientemente una fuente laboral.

Entre los requisitos que exige la ayuda estatal es que la remuneración mensual bruta del trabajador no supere los $979.500, cifra equivalente a tres ingresos mínimos mensuales. Además, en esta ocasión, las postulaciones deben realizarlas aquellos que cuentan con un contrato de trabajo a partir del 1 de abril de 2021.

Cumpliendo estas condiciones, y según las particularidades del trabajador beneficiario y su contrato, recibirá un monto mensual de $50 mil o $70 mil por un periodo de seis meses, cuyo primer pago está calendarizado a fines de junio.

¿Qué documentación necesito para postular al subsidio?

Todos los interesados en el Subsidio al Nuevo Empleo, durante el proceso de postulación lo único que deben adjuntar es su respectivo contrato de trabajo.

Cabe consignar que en todos los siguientes seis meses (hasta octubre) se abrirá mensualmente proceso de postulación para obtener el aporte económico, mientras que el requisito de la fecha del contrato de trabajo será modificada.

Por ejemplo, para recibir el monto en junio, se exige que la persona haya pactado su contrato de trabajo a partir del 1 de abril hasta el 30 de mayo. Asimismo, para obtener el aporte en julio, el contrato debe haber sido creado entre el 1 de mayo y el 30 de junio; y así sucesivamente.

¿Cómo puedo postular?

  • Los trabajadores que cumplan con los requisitos pueden postular en www.subsidioalempleo.cl y acceder con su Clave Única.
  • En el sitio debe escoger "Subsidio al nuevo empleo" y hacer click en "postular al Subsidio".
  • Allí deberá ingresar sus datos personales, datos laborales y adjuntar su contrato de trabajo, también deberá ingresar una cuenta bancaria o Cuenta RUT para recibir el pago

Cabe destacar que a este subsidio no pueden acceder:

  • Personas que se encuentren trabajando de manera informal o independiente.
  • Quienes presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente.
  • Trabajadores suspendidos por la Ley de Protección del Empleo (incluye Ley de Crianza Protegida).
  • Beneficiarias/os del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) y Subsidio al Empleo Joven (SEJ).
  • Trabajadores que gocen de licencia médica (incluye pre y postnatal).

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