Tercer 10%: Revisa cómo solicitar tu retiro de fondos desde el extranjero
- Por Meganoticias
Ya comenzó el proceso para solicitar el tercer retiro del 10% de los fondos previsionales, en donde cada afiliado podrá extraer un monto máximo de 150 UF ($4,4 millones aproximadamente) y un mínimo de 35 UF (cerca de un millón de pesos).
El trámite se puede realizar vía online en los respectivos sitios web de las AFP, por lo que no es necesario acudir presencialmente a las sucursales. Así también se evita poner en riesgo la salud ante los contagios de coronavirus.
Tal como ha sido en los anteriores retiros, el tercer 10% también contempla a los afiliados residentes en el extranjero que cotizaron en alguna Administradora de Fondos de Pensiones mientras estaban en nuestro país. Para ellos existen distintas alternativas para solicitar la extracción de sus ahorros previsionales.
¿Cómo solicitar el tercer 10% en el extranjero?
Asistir presencialmente al Consulado chileno
Según la Asociación de AFP, son tres las opciones que tienen los residentes chilenos en el extranjero. La primera de ellas es asistir presencialmente a los consulados de Chile y realizar el siguiente trámite:
- Rellenar el formulario de solicitud que puedes obtener en este enlace.
- Al completarlo, se debe imprimir y llevar al Consulado, en donde se verificará la identidad del solicitante para luego ser enviado al ministerio de Relaciones Exteriores y a la Superintendencia de Pensiones. Esta última entidad se encarga de remitir la solicitud a la respectiva AFP.
Es importante que la persona porte su cédula de identidad chilena y pasaporte chileno (aunque se encuentren vencidos) y su cédula de identidad o pasaporte vigente del país de residencia.
En forma remota con cuenta bancaria en Chile
La otra alternativa está destinada para los afiliados que residen en el extranjero y tengan una cuenta bancaria en Chile. Para ello deben hacer la solicitud a través del formulario disponible en el sitio web de cada AFP, a través de los siguientes links:
De manera remota en la AFP sin asistir a un consulado
La última alternativa está destinada para los afiliados en el extranjero que no puedan hacer su solicitud presencialmente en los Consulados chilenos. Es muy similar a la segunda opción, solo varía en que se necesita la clave de seguridad para validar la identidad del solicitante.
¿El monto puede ser cobrado por otra persona?
Excepcionalmente, el tercer 10% puede ser cobrado por otra persona que el afiliado en el extranjero defina. Para ello se debe presentar un mandato bajo modalidad de Carta Poder, otorgada ante un ministro de fe en el país de residencia, en el Consulado chileno que debe ser apostillada o legalizada en Chile (en el ministerio de Relaciones Exteriores o en los departamentos de gobernaciones provinciales).
Tal como ocurre con los afiliados en Chile, el pago se realizará en una cuota y dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que las AFP reciban la solicitud.
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