Tercer retiro del 10% de las AFP: ¿Cuáles son los montos que se podría recibir?

  • Por Meganoticias

Pese a que el Gobierno ingresó un requerimiento al Tribunal Constitucional (TC) para frenar el proyecto que busca permitir el tercer retiro del 10% de las AFP, la iniciativa continúa su tramitación en el Congreso.

Este miércoles la comisión de Constitución del Senado vota en particular el proyecto y se espera que el jueves sea discutido y votado por la Sala hasta su total despacho.

Al igual que los dos retiros anteriores, la iniciativa busca que las personas puedan extraer parte de sus fondos previsionales para enfrentar los efectos económicos que ha provocado la pandemia.

¿Qué montos se podrían retirar?

Cerca de 3 millones de personas quedaron sin fondos previsionales producto del primer y segundo retiro del 10%. No obstante, aún hay gente que podría solicitar el tercer 10% en caso de que la iniciativa se transforme en ley.

Respecto a los montos que se podrían extraer, el retiro máximo es de 150 UF ($4,4 millones aproximadamente) y el mínimo de 35 UF ($1 millón aproximadamente).

En el caso de que la totalidad de los ahorros sea inferior a las 35 UF es decir, a $1 millón, se podrá sacar todo el dinero de la cuenta.

¿Quiénes podrían realizar el tercer retiro?

El tercer retiro podría ser realizado por las personas que aún cuenten con fondos previsionales en sus AFP.

Se considera como afiliados del sistema privado de pensiones a todos quienes pertenecen al sistema, incluidos los beneficiarios de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia. 

El tercer retiro también podría ser efectuado por los pensionados por rentas vitalicias.

¿Quiénes no podrían hacer el retiro?

Cabe destacar que hay un grupo de personas que no podría realizar el retiro, se trata de quienes se encuentran en el artículo 38 bis de la Constitución.

En detalle, quedan excluidos del retiro: el Presidente de la República, senadores, diputados, gobernadores regionales, ministros, subsecretarios, delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales.

Esta medida exceptúa a quienes estén contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades mencionadas anteriormente.

¿Cuándo se podría materializar el tercer retiro?

En caso de que la iniciativa sortee al Tribunal Constitucional y se transforme en ley, el tercer retiro se podría realizar hasta 365 días después de la publicación de la ley.

En concreto, desde que el afiliado solicite la extracción de los ahorros, la entrega de fondos se realizaría en un plazo máximo de 15 días hábiles.

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