Subsidio Familiar: Revisa cómo acceder a este beneficio y quiénes pueden cobrarlo

  • Por Meganoticias

En la oferta de beneficios sociales que otorga el Gobierno a los sectores más vulnerables del país figura el Subsidio Único Familiar (SUF), o simplemente Subsidio Familiar, que está dirigido a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% según el Registro Social de Hogares (RSH).

La particularidad de esta bonificación es que no requiere postulación y va en ayuda de aquellos sectores que de acuerdo a sus condiciones tienen dificultades o les es imposible mantener el sustento de su grupo familiar.

Este aporte, al igual que otros como el Bono de Protección o el Bono Base Familiar tiene como beneficiarios prioritarios a las mujeres madres, luego están los padres o personas que cumplen la función de "guardadores".

¿Quiénes pueden cobrar el Subsidio Familiar?

De acuerdo al orden de prioridades mencionado, el aporte va dirigido a:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

¿Bajo cuáles causas se entrega el Subsidio Familiar?

El Subsidio Único Familiar (SUF) está dirigido familias cuyos causantes (hijos o cargas) que tengan la siguiente condición:

  • Los menores de hasta 6 años de edad, a quienes se acredite su asistencia a los programas de salud.
  • Los menores de entre 6 y 18 años de edad que acrediten estudios regulares en los niveles de enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes.

También son beneficiarias aquellas mujeres que cumplan con la siguiente condición:

  • Las madres de menores que vivan a sus expensas por los cuales perciban subsidio familiar. En cuyo caso tendrá, además, la calidad de beneficiaria.
  • Las mujeres embarazadas que acrediten dicha condición con un certificado de cinco meses de gestación.
  • Las personas inválidas o con discapacidad mental, cualquiera sea su edad, que acrediten tal condición con un certificado de la COMPIN.

Así, las personas que reciben este beneficio pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.

¿Cómo se solicita el beneficio?

Aunque el Subsidio Familiar no exige postulación, sí debe solicitarse en la respectiva municipalidad. En esta entidad se verifica la calidad de beneficiario de la persona y la existencia de los requisitos antes señalados mediante declaraciones, informes escritos u otras diligencias.

Tras cumplir los requisitos, el alcalde respectivo emite una resolución fundada de reconocimiento, la que es inscrita en un registro especial y es enviada al Instituto de Previsión Social (IPS) para el pago del Subsidio.

¿Cuál es el monto del Subsidio?

La mayoría de los beneficios sociales se reajustan el 1 de febrero de cada año, por lo que el monto aún vigente (pago del año 2020) es de $13.401 por carga familiar. 

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