Amplían plazo para retirar el total del Seguro de Cesantía: Revisa cómo hacer el trámite
- Por Meganoticias
La pandemia por el coronavirus dejó a miles de trabajadores cobrando su Seguro de Cesantía, tanto por situación de desempleo como también por dos nuevas opciones que permite el sistema para acceder a la prestación, sin necesariamente estar sin trabajo.
Además de ello, la última normativa que flexibilizó el acceso al beneficio permite, en algunos casos, sacar el total del saldo acumulado en el Seguro de Cesantía, aunque no se cumplan con los requisitos necesarios para acceder a este monto.
Aquellos trabajadores que actualmente se encuentran cesantes y alguna vez cotizaron en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), podrán hacer el retiro total del saldo acumulado sin necesidad de presentar documentación que acredite el término de una relación laboral.
Nuevo plazo
El nuevo plazo para realizar este trámite expira el 6 de marzo de 2021, y la solicitud se realiza 100% online a través del sitio web de la AFC https://pactos.afc.cl.
Para ingresar a la plataforma debe contar con su RUT, clave de acceso de AFC o ClaveÚnica del Estado, o número de RUT y serie de documento.
El sistema le mostrará su saldo y validará si cumple con los requisitos para optar al retiro total del monto de la Cuenta Individual.
Los pasos son los siguientes:
- Ingrese sus datos, correo electrónico para ser notificado y modalidad de pago.
- De preferencia escoja los medios de pago electrónico.
- Firme la declaración jurada y verifique sus datos. Recibirá un correo de confirmación.
- En un plazo de 4 días hábiles, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de AFC Chile, informando los montos y fechas de pago, o los motivos del rechazo.
El pago se realizará en un solo giro si el monto es inferior o igual a $225.000, mientras que los saldos superiores a esta cantidad se pagan en dos o más giros, hasta agotar el saldo de su cuenta con un máximo posible de 13 giros.
Se pagará según los porcentajes y la tabla de giros de la nueva ley, tomando como referencia el promedio de los 3 últimos meses de la remuneración imponible. El calendario de pago es el mismo que rige para el Seguro de Cesantía tradicional.
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