Seguro de Cesantía: Revisa los nuevos porcentajes de pago

  • Por Meganoticias

Tras su publicación en el Diario Oficial comienzan a regir las nuevas modificaciones a la Ley de Protección al Empleo y el Seguro de Cesantía, lo que permitirá que más trabajadores puedan acceder a esta prestación, tanto por desempleo como en los nuevos escenarios que plantea esta norma.

La modificación permite extender el beneficio por cinco meses más, tanto para trabajadores que deban suspender sus labores producto de la pandemia del coronavirus, como quienes reducen su jornada.

Originalmente la Ley de Protección al Empleo se extendía hasta octubre de 2020, pero gracias a esta modificación, los trabajadores y empleadores podrán optar a la suspensión de contrato hasta febrero de 2021.

Se incrementa también el tiempo para poder solicitar la reducción de la jornada laboral hasta julio del próximo año, plazo que podría llegar a extenderse por otros cinco meses.

Seguro de Cesantía

El proyecto, además, aumenta los porcentajes de pago del Seguro de Cesantía y flexibiliza los requisitos para acceder a este beneficio en caso de desempleo.

Permitirá a los trabajadores retirar el total del saldo ahorrado en sus cuentas individuales en casos definidos por la ley. Para este trámite no se requiere finiquito ni documento de cierre de la relación contractual y los pagos se efectuarán en las mismas fechas y con las mismas tablas que considera el Seguro de Cesantía.

El principal cambio con respecto al Seguro es que se reducen sus requisitos. En el caso de los trabajadores que estén cesantes solamente necesitan registrar un mínimo de 3 cotizaciones mensuales continuas inmediatamente anteriores al término del contrato laboral, o bien, 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos 12 meses.

¿Cuáles son los nuevos porcentajes de pago?

Los porcentajes de pago del Seguro también aumentarán a partir del tercero hasta el quinto, manteniendo un 55% de la remuneración del trabajador.

Adicionalmente se sumará un sexto y séptimo pago, que podría llegar a un 45% del sueldo que recibía el empleado.

Los giros se calcularán sobre la base del promedio de las remuneraciones de los últimos tres meses, sin hacer distinción entre trabajadores con contrato indefinido, fijo, o por obra o faena.

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