Seguro de Cesantía: Revisa cómo cobrarlo y los casos en que puedes solicitar este beneficio
- Por Meganoticias
El creciente desempleo y la suspensón de varias labores son uno de los efectos más adversos de la pandemia del coronavirus. La crisis económica ha golpeado fuerte el bolsillo de los chilenos pese a los beneficios que ha anunciado el Gobierno, ya que esta situación se ha prolongado más de lo esperado.
Por esta razón cada vez son más los trabajadores que están cobrando su Seguro de Cesantía por situación de desempleo, o también por la nueva Ley de Protección al Empleo que establece nuevos escenarios para acceder a esta prestación sin necesariamente estar sin trabajo.
Esta normativa aprobada en el contexto de la pandemia permite al trabajador ocupar parte de sus fondos de ahorro del seguro para cubrir el pago de sus remuneraciones mensuales en caso de suspensión de sus labores, o reducción de su jornada laboral.
Seguro de Cesantía por Ley de Protección al Empleo
En el caso de personas que se acojan a la Ley de Protección al Empleo, el trámite debe realizarlo el empleador. El trabajador solo debe cobrar su Seguro de Cesantía en las fechas establecidas en el calendario de pagos.
Esta Ley permite que los trabajadores que se acogieron a la suspensión de sus labores puedan retirar parte de sus ahorros personales del Seguro de acuerdo a ciertos porcentajes y por un plazo determinado (el que podría ampliarse de acuerdo a un nuevo proyecto).
Pero también podrán cobrar quienes acordaron con su empleador la reducción de la jornada laboral, lo que a su vez implica reducción de sueldo. Gracias al Seguro de Cesantía, se puede cubrir parte de la remuneración mensual restante.
Tanto en la suspensión de labores y reducción de jornada el trabajador puede cobrar su Seguro de Cesantía, pero manteniendo su relación laboral, es decir, sin ser despedido.
Para consultar el monto del Seguro se debe ingresar al sitio web www.afc.cl ingresando RUT y contraseña. Si no tiene su clave de acceso, puede solicitarla en cualquier sucursal de la AFC o en el siguiente link.
Seguro de Cesantía por despido
Para cobrar el Seguro de Cesantía en caso de despido el trámite debe realizarlo el trabajador. Se debe acreditar la condición de cesante mediante cualquiera de estos documentos: finiquito, carta del despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial según corresponda.
El trabajador deberá tener cotizaciones desde la fecha de afilación o desde el último giro registrado en su cuenta individual. Se exigen seis cotizaciones, si el contrato es a plazo fijo, y 12 cotizaciones si el contrato es a plazo indefinido.
Existen dos maneras para realizar el trámite para acceder al Seguro de Cesantía:
Por Internet
- Reunir los antecedentes requeridos (Mantener la condición de cesante y tener seis cotizaciones, para contratos a plazo fijo, o 12 cotizaciones, para contratos a plazo indefinido, en la cuenta individual).
- Ingresar al sitio web de la AFC y entrar la Sucursal Virtual. Si no tienes clave, la puedes crear en el siguiente enlace.
- Seleccionar la opción Cobro del Seguro y luego hacer click en Solicitar cobro del seguro.
- Ingresar clave de seguridad, completar los datos requeridos y adjuntar los documentos solicitados.
- Una vez revisada la solicitud, recibirás un correo electrónico que indicará si la solicitud fue aprobada o rechazada, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles.
Forma presencial
- Reunir los antecedentes requeridos (Mantener la condición de cesante y tener seis cotizaciones, para contratos a plazo fijo, o 12 cotizaciones, para contratos a plazo indefinido, en la cuenta individual).
- Dirigirse a una sucursal de la AFC. Aquí puedes revisar la más cercana a tu ubicación.
- Explicar el motivo de la visita, que en este caso es para solicitar el pago del Seguro de Cesantía.
- Entregar los antecedentes y documentos requeridos.
- Si la solicitud es aprobada, le informarán la fecha y modalidad del pago.
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